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Romeo Costea se ha marchado

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Romeo Costea, (Braila,Rumanía,1922/Caracas, Venezuela,2015)
Nunca imaginó Romeo Costea que cumpliría largos 93 años en Caracas para terminar su ascenso por la escalera de Jacobo. Llegó a La Guaira el 23 de diciembre de 1953 y se quedó, “creo que para siempre”, como nos lo dijo en una ocasión, para apuntalar el desarrollo del teatro venezolano al formar actores, exhibir autores foráneos, como los indispensables franceses, y estrenar la ópera prima de Isaac Chocrón, además de formar espectadores.
Hace años nos contó que rezó dos veces, junto a su madre Caterina, una novena a San Antonio para rogar aunque fuese un sólo milagro: conseguir enrolarse en la tripulación de un barco y escapar así del naciente comunismo de Rumania, donde había nacido el 14 de enero de 1922, en Braila. Y el santo lo escuchó: fue aceptado para tareas muy específicas en el buque Transilvania, pues hablaba muy bien el francés y el inglés, y logró así salir por el puerto de Constanza; atracó el 11 de julio de 1948 en Marsella. Desertó y el 14 de julio lo festejó en París.
En la Universidad de la Sorbona continuó sus estudios teatrales, iniciados en Bucarest; trabajó con Marcel Marceau y en la Comedia Francesa, para luego emprender, hacia 1950, una serie de giras internacionales. Eso mismo año fundó en “La Ciudad Luz” su propia agrupación y se presentó en el Theatre de Poche (Teatro de Bolsillo) hasta 1952; luego hizo lo mismo, en 1953, en el Theatre de la Huchette.
A raíz de una prolongada huelga obrera que lo dejó sin espacio teatral para exhibirse optó por venir a Caracas de vacaciones, invitado por unos familiares. Compró un boleto en el buque italiano “Auriga” y el 23 de diciembre de 1953 desembarcó en La Guaira para nunca más irse, aunque en septiembre de 1960 hizo una breve incursión por Nueva York y hasta logró montar la pieza, El año del censo (The Year of the Census) de John Hopper, para el Teatro La Mamma.
Costea se adaptó rápidamente a la vida caraqueña, tras aprender el castellano, y es en junio de 1955 cuando presenta, con el invalorable apoyo de la embajada de Francia por intermedio de su instituto cultural, al grupo Compás. Una institución que si ha dado el ejemplo de lo que es un incesante y atinado trabajo artístico, haciendo énfasis en la producción y exhibición, durante continuas temporadas, de los maestros del teatro francés, como Moliere, Marivaux, Cocteau y Musset; además de lo más representativo de su vanguardia: Ionesco, Tardieu, Adamov y Westphal, entre otros. Como es obvio, incluyó una selección del teatro rumano, con Caragiale a la cabeza. También incluyo en su producción escénica otros autores, como Cervantes, Casona, Pirandello, Mihura y por supuesto a lo más destacado de la dramaturgia venezolana, como Arturo Uslar Pietri, Alejandro Lasser, José Gabriel Núñez, Sergei Vintrin y Jean Zune. Lanzó, por así decirlo, a Isaac Chocrón, cuando le montó su ópera prima Mónica y el florentino, en 1959.
Romeo perdió la cuenta de los montajes realizados y de esos largos 50 años de trabajo quedan, como testimonio irrebatible, una pared de su apartamento tapizada, por así decirlo, con una selección de los afiches de sus espectáculos. Creía que ha escenificado algo más de unas 104 piezas, sin contar las reposiciones.
Además de su dilatada actividad como director y maestro, Romeo fue actor para varias películas francesas rodadas aquí en Venezuela, así como también es uno de los intérpretes favoritos del cineasta Román Chalbaud, su amigo. Admitía que uno de sus mejores roles fue en La gata borracha, aunque aparece en buena parte de la cinematografía del maestro merideño.
Eso por todo eso, además de haber sido profesor en la Escuela Nacional de Teatro, además de su inquebrantable amor y fe en Venezuela, que un idóneo jurado le concedió el Premio Nacional de Teatro en 1996.
A Romeo no le gustaba y hasta demostraba su abierto enojo cuando le recordaban su origen europeo. Él insistía en que era un director venezolano y no rumano, pues “aquí llevo más de medio siglo y además ostento su máximo premio para los teatreros; creo que me merezco que no consideren más un director extranjero. De Rumania no tengo sino imborrables recuerdos, pero no poseo ningún documento, como célula ni pasaporte de mi país de origen. Soy un artista venezolano nacido en Europa, que ha realizado más de un centenar de montajes y numerosos programas para la televisión cuando estaba en su etapa inicial. También hay que aclararle a las nuevas generaciones que antes de la llegada de Alberto de Paz y Mateos y otros foráneos a Caracas, aquí sí había teatro de calidad y además los sainetes divertían a los venezolanos. Lo que ellos hicieron fue actualizar la cartelera y formar a nuevos comediantes, como yo también lo hice. Es mi historia, corroborada por otros premios y reconocimientos”.
Nunca se imaginó Romeo Costea lo que sería su vida ni que viajaría al continente americano para dejar una huella cultural en un país petrolero. Ese fue el otro milagro que le hizo San Antonio, pero ambos los ha disfrutado y ha sido feliz, a pesar de los humanos contratiempos con su salud.



La ley que hizo florecer al cine colombiano

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En la última década, el cine colombiano ha experimentado una aceleración sin precedentes en su historia. De rodar tres películas por año pasó, a corte del 2012, a proyectar 22 filmes. Y mientras en el 2003 un 3.3% de los colombianos iba a ver películas nacionales, el año pasado la asistencia fue de 7,8%, es decir un poco más de 40 millones de espectadores.
Estas cifras, que llaman poderosamente la atención, las cita el Ministerio de Cultura al cumplirse diez años de la creación de la Ley 814 de 2003, mejor conocida como Ley de Cine. Una norma que ha impulsado la producción audiovisual nacional mediante la creación de estímulos tributarios que permiten a un contribuyente deducir $165 de su renta por cada $100 que invierta o done en un proyecto cinematográfico nacional.
Al mismo tiempo, la Ley creó el Fondo para el Desarrollo Cinematográfico, regido por Proimágenes, que se nutre de un impuesto a las taquillas de cine de tal manera que el 70% de esos recaudos  se entregan a los nuevos proyectos cinematográficos y al sector en forma de estímulos a través de convocatorias a cargo de un jurado internacional.
De acuerdo con las cifras de Ministerio de Cultura, este fondo ha recaudado en esta década cerca de US$41 millones que se han invertido en la realización de más de mil proyectos en sus diferentes fases, “desde escritura de guiones, producción y posproducción, así como para la internacionalización del cine, su preservación y la formación de públicos en el país”.
Estas nuevas condiciones supusieron dejar atrás el drama que significó hacer cine para las primeras generaciones de realizadores colombianos, quienes luego de empeñar hasta la finca de la abuela y de luchar por cinco o más años, lograban, por fin, hacer la película que tanto habían soñado, muchas veces en precarias condiciones técnicas y pérdidas onerosas.
De acuerdo con Mincultura desde la creación de la ley del cine se han entregado un total de 79 premios para la producción de largometrajes, 40 de ellos para películas dirigidas por directores con más de un largometraje y 39 para óperas primas.
Según la entidad, desde el 2010 más de 125 películas y proyectos han participado en festivales, mercados y talleres internacionales. El año pasado, dichas producciones obtuvieron 30 premios alrededor del mundo.
Y de manera complementaria, el año pasado se aprobó una nueva norma, la Ley 1556, que crea el  Fondo Fílmico Colombia con el propósito de incentivar a los productores del mundo para que rueden sus películas en escenarios de nuestro país contratando los servicios del sector.
Entre lo bueno y lo taquillero
Tan buenos resultados han generado gran optimismo en el sector. Sin embargo, al mirar cada aspecto en detalle, lo que queda claro es que el proyecto de establecer una industria cinematográfica en Colombia ha tenido un buen comienzo, pero el camino por recorrer es más extenso que un largometraje.
Por ejemplo, del 4.1 millones de entradas vendidas el año pasado, poco más del 83% correspondió a cinco películas: 'El paseo 2' que recaudó 1.4 millones de boletas, mientras que a producciones como 'Mi gente linda, mi gente bella''La cara oculta''El cartel de los sapos’  y  ‘Sanandresito'ingresaron 1.9 millones de espectadores, es decir el 48.5%.
Las 18 restantes cintas, entre ellas ‘Chocó’'180 segundos', Sirga’, ‘Apaporis, ‘La playa D.C.’ -muchas de ellas premiadas en festivales dentro y fuera del país- obtuvieron solo un 16,4%.
La causa de esta situación proviene de varios factores, relacionados con dificultades en la distribución y exhibición de nuestras películas tanto en el mercado doméstico como en el internacional, a carencias en la formación de públicos, pero también a la falta de propuestas que sin perder su calidad artística calen en el gusto de las audiencias.
Pocas pantallas
El tema de la circulación de las películas en el país es bastante complicado, pero común a los países de América Latina. Basta con tener en cuenta que Colombia hay 690 pantallas ubicadas tan solo en el 4% del país, pero que el 75% de ese índice está ubicado especialmente en Bogotá, Cali, Medellín y Barranquilla y, peor aún, la mitad de ese 75% está en la Capital del país.
La directora de Cinematografía del Ministerio de Cultura, Adelfa Martínez, explicó que la gran mayoría del país no tiene acceso al cine en general y en particular al cine nacional. "Para fomentar los espacios de formación estamos aprovechando las casas de cultura, bibliotecas públicas y cineclubes. A ellos les estamos entregando la Colección Colombia de Película a través de la cual el Ministerio adquirió los derechos de 90 producciones recientes entre largos, cortos documentales y de ficción, con el fin de que, por un lado, nuestras películas circulen a nuevos públicos, pero también que estos públicos tengan la oportunidad de conocer otras formas estéticas más allá del cine de Hollywood".
Los cineastas
Reconocido por sus filmes ‘La gente de la Universal’ y ‘El Colombian Dream’, el director y productor Felipe Aljure fue pieza clave en la construcción de la Ley de Cine en calidad de primer encargado de la dirección de Cinematografía del Ministerio de Cultura.
El director señaló que la  Ley ha permitido avances muy importantes. “Pero hay que entender que venimos de muy lejos y todavía queda mucho camino por andar. En el campo de los espectadores, por ejemplo, este año se aspira a llevar a un colombiano a las salas de cine por año, una cifra muy por debajo de México que con cien millones de habitantes es de 1.6 espectadores o de Estados Unidos que con 300 millones es de 3 espectadores por año”.
Productor de cintas como ‘Todos tus muertos’ y ‘180 segundos’, el caleño Diego Ramírez, es de los que opinan que quienes realizan cine en Colombia deben explorar otros tipos de contenidos, de géneros e historias. “Tenemos la obligación de acercarnos al público y cambiar esa mentalidad de que es el público el que debe acercarse al cine. Con esto no quiero decir que hay que hacer tal o cual forma de cine”.
Esa falta de audiencia, además genera que el mercado sea muy pequeño para la incipiente industria. “Pienso que es una función del Estado el hacer una inversión que equilibre las imperfecciones del sistema, porque hacer cine aquí no es como se piensa, más barato que hacerlo en Estados Unidos o Francia. La diferencia está en el mercado que ellos tienen comparado con el nuestro, además de una menor capacidad adquisitiva, entonces hay una falla estructural en la cual el Estado debe tomar cartas”.
Por su parte, el director caleño Alexander Giraldo reconoce que la Ley de Cine le dio la posibilidad de desarrollar su carrera desde sus inicios, pero señala que la conquista de la audiencia sigue siendo para él un misterio. “Hay que entender que hacemos parte de una cinematografía muy joven. Algunos argumentan que había mucha temática de violencia en las películas, pero en realidad es un cliché, porque si uno se fija cada vez hay más variedad. Si bien muchas plantean conflictos sociales, también hay temas amables”.
Es por ello que para su nuevo proyecto, ‘Tiempo perdido’, ha desarrollado estrategias utilizando las redes. La idea es crear comunidad en torno al proyecto para ir conquistando al público enterándolo a través de blogs y ‘twitcam’ sobre los pormenores del rodaje”.
Giraldo agregó que un camino importante es crear presupuestos acordes al mercado. “No podemos hacer películas pensando que irán millones de personas a verlas cuando ese mercado aún no existe”.
El realizador considera también que hay que explorar alternativas en la comercialización de las películas. “Está la coproducción internacional, la difusión a través de canales de televisión, la comercialización por el sistema pague por ver en internet o de DVD. Todo ello implica que debemos ser más creativos”.
Distribución, el gran reto
Con su ópera prima, 'Chocó', el director y productor Johnny Hendrix Hinestroza, llevó a la gran pantalla un trozo de la vida del Litoral Pacífico y ese proyecto lo pudo realizar en buena parte gracias a la Ley de Cine.
Para Hinestroza, a pesar de que esta ha permitido fortalecer el sector en su profesionalización, faltan muchas cosas, entre ellas mirar el proceso de distribución y promoción de las películas. “Mientras la producción de películas es una puerta amplia, la distribución se convierte en una ventana muy pequeña. Si bien hay la impresión de que los distribuidores son los únicos beneficiados, pienso que más allá de que eso, lo que sucede es que no hemos aprendido a usar esa ventana de la distribución bien”.
El cineasta agregó que se debe trabajar para que desde las leyes y los organismos se posibiliten ese buen diálogo entre exhibidores, distribuidores y productores, en el que se garanticen unos mínimos de participación de nuestras películas en la distribución.
Para el director chocoano esa es una falencia enorme que no logra superar la Ley. “Es un aspecto que requiere ser estudiado en búsqueda de soluciones, porque entendemos que la exhibición y la distribución están en la esfera privada y tal vez las medidas que se tomen desde el Ministerio no tengan poco efecto”.
Desde la crítica
En cuanto al contenido de nuestras películas, el crítico y cineclubista Rodrigo Vidal señaló que la Ley de Cine permitió pensar este arte ya no desde el cine de autor sino como un asunto de industria, dándole importancia al productor. “La estructura de la Ley hace que ya se tenga que pensar en el producto final y a la vez ha permitido la  especialización  de los diferentes roles en la realización cinematográfica lo cual se refleja en que ahora tengamos películas con buenos estándares de calidad”.
Vidal opina que en la parte de guiones, antes el cine miraba su realidad a través de historias costumbristas. “Ahora se mueve sobre diversos ejes, lo político y social, pero también lo cotidiano o los problemas juveniles. Desde luego todavía hay mucho camino por avanzar”.
Henry Laguado, director del Festival Internacional de Cine de Bogotá, dice que la Ley de Cine fomentó la producción audiovisual, pero debe prestarse atención en los criterios de selección de los proyectos respecto a su viabilidad comercial. “Encontramos que hay películas que artísticamente son buenas, pero nefastas en la taquilla. Pienso que la publicidad es un aspecto clave y desafortunadamente en el país los medios de comunicación son en principio apáticos a apoyar estos proyectos”.
Laguado destacó en el sector de la producción el trabajo que realiza Dago García. “Él es nuestro nuevo Jairo Pinilla o Gustavo Nieto Roa, no solo porque consigue con sus películas tocar las fibras del público común. Pero ni siquiera importa el tipo de cine que está haciendo, sino que está permitiendo generar escuela y oportunidades laborales para muchos trabajadores del sector audiovisual”.
En contraste, Germán Ossa, crítico de cine y director de los Encuentros Nacionales de críticos y periodistas de cine que se realiza en Pereira,  se lamentó que el éxito de nuestro cine esté determinado por las producciones de Dago García. “No le aportan nada a la formación de públicos con sus terribles cintas, tienen la capacidad de dañar a directores talentosos”.
Ossa reconoció que hay una notoria evolución en la calidad técnica, si bien en su opinión no es lo más importante. "Hay evolución en la dirección de actores, y debe ser mejor cada vez, pues los actores buenos no abundan en nuestro país, ya que hay mucho “acartonamiento”.
En cuanto a propuestas cinematográficas, es decir, historias diferentes para llevar a la pantalla grande, Ossa opina que no se ha explorado lo suficiente. “Hemos patinado mucho con los temas que fueron moda en un momento como narcotráfico, mulas, violencia, guerrilla, paramilitarismo. En Colombia hay mucha literatura, hay muchas historias y muy bellas, muy diferentes y son pocos los realizadores que las aprovechan".
La tercera base
Felipe Aljure señaló que a la Ley de Cine le  hace falta desarrollar un tercer pilar: la titularización, que consiste en desarrollar la financiación a partir de títulos valores que puedan ser puestos en la bolsa para ser vendidos o adquiridos por inversionistas.
Para poner un ejemplo hipotético, Aljure explica que si una película vale mil millones y consigue vender una acción de un millón de pesos a mil inversionistas, el Estado, vía la Ley de Cine, le otorgaría una deducción del 41.25% de su inversión, lo que quiere decir que sólo estaría arriesgando $580.000 pesos.
Lo que se consigue con esto es tener muchos inversionistas. “En mi opinión, desarrollar ese aspecto de la financiación es una forma de atornillar los riesgos, pero desafortunadamente no ha existido voluntad para sacarlo adelante. La titularización contrarresta la desconfianza y le da más tranquilidad y certeza a quien invierte”.
Al respecto, la directora de cinematografía de Mincultura dijo que la titularización es  una herramienta que ofrece la Ley, pero que no depende de esa cartera su reglamentación y puesta en marcha. “Hay que tener en cuenta que es un tipo de financiamiento que se trabaja en el mercado de valores implica una inversión de unos presupuestos muy grandes, con unos flujos de caja que puedan sustentarlo, y todavía las películas colombianas no logran demostrar esa suma de capitales enormes”.
Adelfa Martínez agregó que en las discusiones sobre este tema se ha concluido que sería necesario ofrecer un catálogo con diez o más títulos, con los cuales se pueda pensar en la titularización. “Mientras tanto consideramos que el sistema de estímulos tributarios que estamos aplicando permite que en grandes o pequeñas cantidades se pueda invertir o donar recursos. Hasta ahora ha funcionado muy bien. De hecho en estos años se han invertido $110.000 millones en beneficio de 116 proyectos cinematográficos".
A esto se suma la Nueva Ley de Cine (Ley 1556) que ofrece beneficios económicos a los productores de películas y ‘tv movies’ que rueden en Colombia del 40% del valor del gasto que realicen en la contratación de servicios nacionales de preproducción, producción y posproducción, y el 20% del gasto que realicen en hoteles, alimentación y transporte.
Según la Ministra de Cultura, Mariana Garcés, esta segunda Ley quiere avanzar en la dirección que viene trazando la primera para trabajar además en la internacionalización de las películas: “Traer recursos frescos al sector para que se fortalezca y siga desarrollando sus propios procesos a partir del aprendizaje”. 
Inicialmente el fondo para las contraprestaciones será de $25 mil millones que saldrán del Presupuesto Nacional, lo que significa que el país estará preparado para responder a una inversión extranjera hasta de US$42 millones en el primer año.
En opinión de Aljure la nueva Ley busca fortalecer el medio cinematográfico pero tiene dos retos importantes. “Uno de ellos es que la norma dura diez años y en ese lapso debemos revertir la mala imagen de país ante los potenciales inversionistas y suplir las carencias tanto en equipos como en cultura cinematográfica. De otro lado la Ley se surte del Presupuesto General de la Nación, pero estos proyectos cinematográficos pueden tomar tiempos de entre dos y tres años para concretarlos y puede ocurrir que cuando los inversionistas decidan hacerlo el Fondo no tenga el dinero que se ha prometido, entonces se va a tener dificultades si no se manejan esos riesgos".
Pese a los retos, el optimismo en el sector cinematográfico es justificable, pues se ha demostrado que mediante políticas públicas sostenidas es posible el desarrollo y que es cuestión de tiempo y de ir ajustando la norma a las exigencias de cada momento, como se podrá llegar al establecimiento de una industria en Colombia. Así las cosas, esta película apenas comienza.
El Pais, Cali, Colombia, Lunes, Julio 15, 2013 | Autor: Ricardo Moncada Esquivel |




Cifras del exitoso cine argentino

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Según el informe, 2014 fue un año importante para la industria cinematográfica: de los 404 films estrenados, 172 fueron de producción o coproducción argentina, lo que marcó un crecimiento respecto de 2013. La película más vista fue Relatos salvajes.
El año 2014 será recordado como el año de Relatos salvajes: el tercer largometraje de Damián Szifron cosechó 3,5 millones de espectadores –sólo tomando en cuenta los datos de la Argentina, porque en otros países también fue un notable éxito–, cifra que le permite estar en el podio de las películas más vistas en la historia del cine nacional, al menos desde que se registran estadísticas. Pero no sólo por eso 2014 fue un año importante para la industria cinematográfica: de los 404 films estrenados, 172 fueron de producción o coproducción argentina, a diferencia de 2013 que habían sido 167. El año pasado la oferta de producción local fue del 43 por ciento. “Hoy más que nunca las cifras acompañan al cine argentino. Luego de terminar 2014 con un récord histórico de taquilla, donde las películas nacionales acapararon el 18 por ciento del total, arrancamos el nuevo año con cifras inéditas: en el primer bimestre de 2015 se vendió un 13 por ciento más de entradas que en enero y febrero anterior, y la recaudación de esos dos meses creció un 50 por ciento”, señala la presidenta del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (Incaa), Lucrecia Cardoso, en el Anuario 2014, elaborado por la gerencia de Fiscalización del Instituto. Se trata de un riguroso informe que traza un panorama de todo lo sucedido durante el año pasado en cuanto a exhibición, producción y distribución en el mapa cinematográfico local, teniendo en cuenta los datos de las películas argentinas y extranjeras. La tapa del Anuario 2014 tiene una ilustración de Miguel Rep.
Tomando la cifra total de largometrajes nacionales y extranjeros, el podio lo ocupa Relatos salvajes, seguida por los tanques Frozen: una aventura congelada(1,93 millón de espectadores) y Maléfica(1,88 millón). No es lo ideal que una película de tan bajo nivel ocupe lugares importantes, pero la realidad indica que Bañeros 4: los rompeolas está 9º en el ranking sumando estrenos nacionales y extranjeros con 933.062 butacas ocupadas. Recién hay que ir hasta la posición 21 para toparse con otra película argentina: El misterio de la felicidad, de Daniel Burman, conquistó el gusto de 612.922 espectadores.
Si sólo se tienen en cuenta estrenos nacionales, las tres películas argentinas mencionadas ocupan los tres primeros lugares en el siguiente orden: primera Relatos salvajes, segunda Bañeros 4, y en tercer lugar, El misterio de la felicidad. Le siguen Socios por accidente, la fallida incursión –desde el punto de vista conceptual– de Fabián Forte y Nicanor Loreti en el cine comercial (564.022), y Muerte en Buenos Aires, de Natalia Meta (483.911). Otros datos importantes surgen de las estadísticas sobre recaudación: Relatos salvajes sumó más que cualquier estreno extranjero de 2014: 151.509.885 pesos. Le siguen Maléfica (88.870.628) y Frozen (81.407.131). En el 9º lugar, Bañeros 4 se mantiene también en la recaudación con 41.884.184 pesos. Sólo teniendo en cuenta estrenos nacionales, el film de Szifron y Bañeros 4ocupan la primera y segunda posición, respectivamente, en las estadísticas de recaudación, mientras que el tercer lugar lo tiene Socios por accidente con 24.768.699 pesos. Llamativamente, la mejor película de Fabián Forte, La corporación –estrenada también en 2014– ocupa el penúltimo lugar de los largometrajes argentinos en la lista de recaudación con tan sólo 132.419 pesos.
En cuanto a los datos de producción, 174 empresas registradas en el Incaa estrenaron películas en 2014: una de ellas lanzó cuatro títulos (Cinemagroup S.R.L.), dos estrenaron tres largometrajes (BD CINE S.R.L. y Rizoma S.R.L.); hubo doce empresas con dos películas, mientras que el resto estrenó una sola a lo largo de 2014. En cuanto a recaudación, el primer lugar lo ocupa Capital Intelectual S.A., la productora argentina de Relatos salvajes, con 151.509.885 pesos. Le siguen Argentina Sono Film S.A. (Bañeros 4, con 41.884.373) y Adart Producciones S.R.L. (Socios por accidente, con 24.768.699).
Los datos de las distribuidoras arrojaron la cifra de 108 empresas registradas en 2014. Sobre la totalidad de las películas, el 77,25 por ciento de los espectadores se distribuyó entre las primeras cuatro empresas: United International Pictures S.R.L., Fox Film de la Argentina S.A., Warner Bros (South) Inc y The Walt Disney Company Argentina S.A. Esta concentración se acentúa en el caso de los estrenos de películas argentinas, donde el 94,27 por ciento se reparte en las cuatro primeras posiciones, quedando el 5,73 por ciento restante para 90 empresas distribuidoras. Dos de las cuatro son las mismas que en el ítem anterior: Warner Bros (Souht) Inc y The Walt Disney Company Argentina S.A., a las que se suman Distribution Company Sudamericana S.A. y Energía Entusiasta S.A.
Finalmente, durante 2014 la exhibición se distribuyó en 867 pantallas, agrupadas en 280 salas, pertenecientes a 194 empresas. El 49,10 por ciento de los espectadores se concentró en tres empresas exhibidoras: Hoyts, Village y Cinemark. Si se analiza la distribución por pantallas, el primer lugar lo ocupa Hoyts, con 97 (representa el 11,19 por ciento de las pantallas disponibles). El Espacio Incaa Km 0 Gaumont encabeza con 82 títulos la lista de salas con mayor cantidad de estrenos de películas argentinas.
http://www.pagina12.com.ar/commons/imgs/go-gris.gif Por Oscar Ranzani/Pagina12, Buenos Aires 7 de septiembre de 2015



Carlos Azpúrua exalta legislación del cine criollo

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Carlos Azpúrua es otro guerrero del cine venezolano
En América Latina somos vanguardia en legislación cinematográfica, pues muchos países se alimentan de ella. Somos un modelo porque logramos juntar a públicos y privados a través de Fonprocine”, expuso el director Carlos Azpúrua, quien trabaja actualmente en una segunda reforma a la Ley de Cine, la cual aspira sea aprobada antes de fin de año, de manera unánime. “En 1994 se aprobó una legislación chucuta porque la aspiración de los gremios era integrar a públicos y privados creando el fondo, el cual fue excluido a última hora por presiones de las empresas exhibidoras”.
Relató que en la primera reforma de 2005 fue que se pudo incluir la creación de Fonprocine, un ente que se alimenta de un impuesto a cada entrada de cine que se vende en el país y que es administrado por el Centro Nacional de Cinematografía (CNAC), que mediante un órgano colegiado analiza y decide el subsidio de los proyectos que recibe, lo que ha cambiado la dinámica de producción en estos años, esto se traduce en que el cineasta ya no tiene que endeudarse para filmar, sino que ahora recibe el presupuesto de su proyecto.
“Desde entonces el cine se ha desarrollado”, acota Azpúrua, quien ahora aspira colarse a la Asamblea Nacional a través de Patria Para Todos (PPT) y con el apoyo del Polo Patriótico, en las elecciones del 6 de diciembre. Sostuvo que esta segunda reforma busca democratizar las pantallas. “Necesitamos mayor protección del cine diverso. No puede ser que estemos mono consumiendo uno fundamentalmente norteamericano”.
Aclaró que no se trata de eliminarlo, pero sí de que exista un equilibrio, “que haya una propuesta variada, como un derecho humano”. Añadió que van a plantear que en cada centro comercial se cuente con una sala “para producciones latinoamericanas, europeas, asiáticas…diversas”.
DISNEY PRESUPUESTA LAS MULTAS
Azpúrua señaló que también es necesario fortalecer las penalidades, pues las dos grandes exhibidoras (Cinex y Cines Unidos) están obligadas por la ley a una cuota de pantallas de dos semanas para el séptimo arte venezolano, pero los creadores afirman que no se exhiben los afiches y los tráileres, además de que alteran los porcentajes al decirle a los usuarios que ya no quedan entradas para determinada película, aunque la sala no esté llena. “La sanción es tan baja que prefieren pagarla, la propia Disney cancela Bs. 20 millones al año”.
“Tenemos un público absolutamente condicionado a la industria audiovisual americana. Una política sana del Estado es ir abriendo la complejidad de lo que significa el espectáculo cinematográfico en función de nuestra soberanía cultural”. Añadió que “tienes que ir poco a poco condicionando al público, gradualmente tomando nuestra salas. Las películas nacionales han demostrado un éxito extraordinario”.
Sobre su trayectoria profesional, explicó que es un militante de su propia experiencia, basada en la indagación social. “Hago un cine político, soy un cineasta político”. Azpúrua, con experiencia en lides parlamentarias e integrante de la dirección nacional y del secretariado del PPT, desea contribuir desde una curul a “afianzar el proceso revolucionario”. “Mi nombre está en la propuesta que lleva el PPT para ser evaluado en el Gran Polo Patriótico”, anunció el director de filmes como Amaneció de golpeDisparen a matar, y Sabino vive, entre otros.
Diario Avance



Ubú 2015

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La realidad siempre será superior a la ficción escenica.
El director Francisco Denis, artista con grados universitarios bien ganados y aplicados, rompe reglas tradicionales del espectáculo teatral y lo demuestra, fehacientemente, con su montajeUbú, el cual exhibe en la Sala Rajatabla.
Este Ubú, cuya versión literaria y escénica suscribe Denis, mantiene el humor grotesco y vitriólico del autor Alfred Jarry(Francia, Laval, 1873/ París, 1907), respeta la esencia del original Ubú rey (1896) y plasma para los venezolanos esa visión grotesca,  descarada y satírica del poder político y de quienes lo ejercen  o conspiran  para poseerlo, como el artista advertía para los tiempos modernos. Es una versión libérrima de la novela 1984 de George Orwell, pero haciendo hincapié en las corruptelas del poder corrupto y corruptor.
 Denis recuerda que el primer Ubú rey fue materializado por colegiales para mofarse de uno de sus profesores, y él ahora logra conservar ese desparpajo y desenfadada burla juveníl, ya que su protagonista  mantiene esa gran explosión anárquica que provocó un caos en la crítica y el público de aquellos tiempos. ¿Será igual ahora?
El Ubú de Denis es más impactante porque el director utiliza coordinados movimientos del solido telón de boca y así parcela  y muestra aquellas imágenes que se lograrían con tomas de cámaras de filmación, como la aproximación, encuadre y alejamiento. Esto, que no es frecuente en el teatro venezolano, permite acentuar el efecto visual de las vulgaridades cotidianas del todopoderoso Ubú; muestra detalle a detalle, con rigor fulminante, todas las insaciables maneras de una grosera marioneta, un magnifico estúpido, un todopoderoso de nuestra historia latinoamericana reciente. 
Es una laudable producción de Sathya Rengifo para la agrupación Río Teatro Caribe y cuenta con acertado elenco integrado con Luis Domingo González,  Jesús Carreño,  Dixon Dacosta,  Francisco Denis,  Wahari Meléndez, Carlos Novella y Julio Saavedra; donde además participan: Joaquín Nandez con el vestuario, Yvo Hernández en la  ambientación y decoración, y la música original de Waharí Meléndez.

Por supuesto que la realidad siempre supera la ficción y que Jarry nunca se imaginó las utilizaciones que los teatreros harían de su Ubú rey.

El misterio de la felicidad está en el cine

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La felicidad no es un asunto fácil,pero sí es posible, a veces.
En estos días, cuando el cine venezolano (artistas, técnicos, funcionarios, legisladores y espectadores) se dispone a revisar y reformar su estatuto legal de funcionamiento, o sea su Ley del Cine, se realiza en Caracas la VIII Muestra de Cine Latinoamericano 2015, organizada por el Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC), el Circuito Gran Cine y Queiroz Publicidad, con la colaboración de Trasnocho Cultural,  Amazonia Films, Cinematográfica Blancica, Cines Unidos, Cinex, además de Cultura Chacao, la Asociación Cultural Humboldt y Hacienda La Vega.
 Esta Muestra de Cine Latinoamericanoestá conformada por 10 títulos a saber: Conducta de Ernesto Daranas (Cuba),  Corazón de León  de Emiliano T. Caballero (Colombia-Argentina),   El misterio de la felicidad  de Daniel Burman  (Argentina-Brasil),  La jaula de oro  de Diego Quemada-Díez (México-España),   Nuestro hogar  de Wagner de Assis (Brasil), ¡Pan! Odisea de la música  de Jérôme Guiot y Thierry Teston (Trinidad y Tobago) y el animado   Rodencia y el diente de la princesa de David Bisbano  (Perú-Argentina). La cinematografía venezolana también está presente con el preestreno del documental   El silencio de las moscas del director Eliezer Arias. Además participan  las coproducciones  Carga sellada (Bolivia-Venezuela) de Julia Vargas-Weise y   Radiografía de un crimen  (Argentina-Venezuela) de Sebastián Schindel.
Hemos visto, hasta ahora, cuatro de las peliculas programadas y para que  los lectores puedan interesarse en alguna de ellas, hacemos las respectivas reseñas.
AMISTAD HASTA PELIGROSA
 El misterio de la felicidad(Argentina – Brasil, 2013, 95 min.)  Es un melodrama centrado en dos amigos o socios de toda la vida a lo largo de  30 años. Todo es rutinario y preñado de sano humor argentino, hasta un día Santiago se queda solo porque  Eugenio desaparece sin dejar pistas ni huellas, pero Laura, su mujer, entre desesperada y herida, convence al leal  Santiago de que su marido los abandonó. Y empieza así una búsqueda hacia una felicidad aún no encontrada para ninguno de los tres personajes. Y brota la convivencia y finalmente el amor se les atraviesa. Es una deliciosa película, con guion inteligente y jugado en comedia, al mismo tiempo que la dirección se embelesa con fotografias y hace una película técnicamente perfecta. Las actuaciones son memorables, especialmente de Guillermo Francella e Inés Estévez. Enseña muchas cosas, entre otras que la vida hay que vivirla hasta el final,  aún en las peores situaciones, y más cuando hay recursos económicos disponibles y se cuenta con gente sensible y de buen gusto. La felicidad tiene, por supuesto,  su precio.
Ficha técnica: Dirección: Daniel Burman. Guion: Daniel Burman y Sergio Dubcovsky.  Fotografía: Daniel Ortega. Montaje: Luis Barros. Música: Nicolás Cota. Dirección artística: Margarita Tamborino. Intérpretes: Guillermo Francella, Inés Estévez, Fabián Arenillas, Alejandro Awada, María Fiorentino, Sergio Boris. Distribución: Cines Unidos.
EL NORTE NO ES FACIL
 La jaula de oro (México – España, 2013, 110 min.) Es un larguísimo drama centrado en   tres jóvenes de los barrios bajos de Guatemala que viajan hacia los Estados Unidos de América en busca de una mejor vida y utilizan un fantástico ferrocarril que recorre buena parte de América Central hasta llegar a Los Ángeles. En esa compleja aventura conocen a Chauk, un indígena de la sierra de Chiapas que no habla castellano. Y así en ese viaje aventurero, que  se realiza en trenes de carga, tienen que  enfrentarse a la dura realidad con “los coyotes” (modernos traficantes de esclavos) y después superar el muro que los gringos han levando en la frontera con México. Solo uno llega su destino. La película termina por hacerse tediosa  y es una muestra más de cuando un director se engolosina con tomas paisajistas. No se le desconoce que se trata de otra  denuncia sobre lo que pasa con los emigrantes ilegales.
Ficha técnica: Dirección: Diego Quemada-Díez. Guion: Diego Quemada-Díez, Gibrán Portela y Lucía Carreras.  Fotografía: María Secco. Montaje: Paloma López Carrillo y Felipe Gómez. Intérpretes: Brandon López, Rodolfo Domínguez, Karen Martínez, Carlos Chajón. Distribución: Gran Cine.
RADIOGRAFÍA DE UN CRIMEN
 El patrón, radiografía de un crimen  (Argentina – Venezuela, 2014, 98 min.) Un humilde campesino trabaja de carnicero en Buenos Aires. Su patrón es el siniestro dueño de una cadena de carnicerías que lo obliga a vender carne en mal estado, al mismo tiempo que lo sumerge en una versión moderna de esclavitud sin grilletes. Estalla la violencia y el explotador es acuchillado, mandando a la cárcel al pobre ex campesino. Hay un honesto investigador  y abogado que lo asiste en el juicio y logra sacarlo libre. Es otra película donde el director se engolosina con las tomas del carnicero y su trabajo con las carnes descompuestas y aquello se  torna un tanto aburrido. Todo se salva por las actuaciones y por la denuncia que se hace sobre los comerciantes inescrupulosos.
Ficha técnica:Dirección: Sebastián Schindel. Guion: Sebastián Schindel, Nicolás Batlle y Javier Olivera; basado en el libro homónimo de Elías Neuman. Producción: Nicolás Batlle, Alejandra Szeplaki. Fotografía: Marcelo Iaccarino. Montaje: Andrés Ciambotti y Sebastián Schindel. . Intérpretes: Joaquín Furriel, Luis Ziembrowski, Mónica Lairana, Germán De Silva, Andrea Garrote y Guillermo Pfening. Distribución: Gran Cine.
SUICIDIOS EN LOS ANDES
 El silencio de las moscas (Venezuela, 93 min.) Documental. Marcelina (48 años) y Mercedes (56 años) viven en pueblos vecinos de comunidades agrícolas en los Andes venezolanos. Ambas comparten la misma historia trágica que las une, porque  sus hijas adolescentes, que eran amantes, se suicidaron, al igual que muchas otras personas en esa zona rural. A través del recuerdo de esas pérdidas y de su  natural aflicción, el filme plasma un mundo de dolor muy tangible en donde el silencio se ha convertido en un rasgo muy significativo de tan idílico y visualmente poderoso pero violento escenario natural. No encontramos bien hilvanado el guión literario y aquello se salva por el guión técnico y el selecto trabajo con la fotografía  en general. Muy grave lo que ahí se denuncia, pero solo el tiempo se encargará de sepultar las discriminaciones.
Ficha técnica: Dirección y guion: Eliézer Arias. Producción: Raul Bravo, Eliézer Arias, Charles Martínez. Fotografía: Gerard Uzcategui. Sonido: David De Luca. Montaje: Charles Martínez. Música: Leo Blanco. Distribución: Blancica.







Cómo hacer una película que se gane Festival de Venecia

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Por primera  vez Venezuela gana un premio en el Festival de Venecia
1.- Una primera regla vale para Venezuela. No sé si valga para República Dominicana. Tienes que hacer un esfuerzo colosal y olvidarte de la polarización. La polarización distrae, cansa, te chupa energías, te carga de odio, y así no puedes salir a hacer un filme. No es inmoral dejar de describirse en los estrechos parámetros de la polarización: inmoral es fracasar cuando te toca gritar “¡Acción!” 
2.- Escoge una buena historia. Es el punto de partida básico. Las historias son la base de nuestra industria, del cine y la televisión. No hay recetas sobre qué clase de historias funcionan indefectiblemente, pero tienen que ser buenas historias. Si me preguntas cómo saber si una historia es buena, te diría que son aquellas historias que de sólo comenzar a imaginártelas, te roban la atención, te emocionan, y tú dices internamente ¡coñoooo! Puedes ver el rostro de los personajes, escuchar cómo hablan e incluso, cuando escribes, esas historias son capaces de sacarte una lágrima. Luego se las comienzas a contar a otros, y esos otros abren los ojos, se quedan cautivados, y te dicen “Sigue, sigue contando…”
Tampoco hay recetas sobre cómo se inspira uno para una buena historia: Marcel Rasquin cuenta que se le ocurrió la historia de “Hermano” subiendo de Maiquetía hacia Caracas, al contemplar un barrio de ranchitos, tal vez con unos niños persiguiendo sudorosos un balón de futbol. La historia de “Desde Allá” se forjó a cuatro manos, según dice la ficha técnica: idea original de Memo Arriaga y Lorenzo Vigas. ¿Se estaban tomando unos tequilas, y comenzaron a hablar y empezaron a aparecer los personajes? Habrá que preguntarles sobre esa alquimia cuando la película se estrene en Venezuela.
3.- El guión, estúpido, el guión. Una cosa es tener una buena idea y otra cosa es un buen guión. En el cine, no hay buenas historias si no se cuentan en buenos guiones. 
Una buena idea la tiene hasta el poeta amigo de uno en Sabana Grande que vive insistiéndote, escocés de por medio: “Yo tengo un cuento arrechísimo, de cuando fui guerrillero, esa vaina si se lleva al cine sería un exitazo.” No te auto engañes ni te dejes engañar: la buena idea es la base, la mercancía que se va a exportar. Pero el barco es el guión. 
Un mal guión arruina cualquier buena idea, no te la salva ni un director genial, ni unos actores inspirados. Por supuesto que hacer un buen guión es una actividad altamente profesionalizada, codificada, estandarizada, que debe ser la continuación natural de la buena idea. Tanto así que, por ejemplo, ya ningún guionista que se respete escribe guiones en Word, sino empleando softwares: sea el de acceso gratuito Celtx, sea el costoso Dramatica que usan en Hollywood. Si no los presentas en la resolución que te dan esos softwares, nadie te toma en serio. Y hacen bien al no tomarte en serio.
4.- No siempre los directores son guionistas. No siempre los guionistas son directores. En Europa, por una tradición cultural, sueles ver en los créditos: “Escrita y dirigida por…” En Estados Unidos, por una tradición industrial, hay más división del trabajo, la historia es de alguien, sea original o basada en un libro, los guionistas son dos o tres, y el director es un contratado de los estudios. El dueño de la película es el productor, que puso los reales o convenció a los inversionistas de apostar. Por eso, el Óscar a la mejor película se le entrega al productor, que no siempre es el director. 
Hay excepciones: las películas de Woody Allen, aunque se hagan en USA, dicen indefectiblemente: “Written and directed by Woody Allen.” Allen es un judío neoyorkino que hace cine de autor, en la tradición cultural europea.
5.- ¿Qué tenemos en Venezuela? Un poco de todo. Se sigue la tendencia europea del cine de autor, y los directores son guionistas, productores y dueños del filme. Esto da como resultado que una gran proporción de nuestros guiones sean poco eficaces a la hora de narrar las buenas ideas que puedan tener nuestros inspirados y emprendedores directores.
6.- ¿Lo anterior tiene solución? Puede ser. Existe la figura del analista de guión, que lee tu historia, se sienta a tu lado, con la experticia de cómo desarrollar un cuento sin contradicciones (el espectador aborrece las contradicciones, cuando se queja con frases como “Pero bueno, ¿este personaje no y que…?”). Cuando llevas un proyecto al CNAC para Desarrollo de Guión de Largometraje, si logras ganar el beneficio del programa, te pueden asignar un tutor o analista de guión. Eso siempre es bueno. Puede ser Ana Sanz-Magallón, Frank Baiz o Gustavo Michelena. No los peles, es un lujo.
Rasquin cuenta que su analista de guión es una Screenplay Doctor australiana, que trabaja como analista para proyectos en Hollywood, así que tuvo que escribir la primera versión en inglés y luego traducirla. En el caso de Desde Allási concibes una historia a cuatro manos con Memo Arriaga, tienes al lado al coautor de  Amores Perros21 Gramos y The Burning Plains. Mejor Screenplay Doctor imposible.
6.- Lo anterior muestra que si tú desde el principio te das cuenta de que no eres tan arrecho como para hacerlo tú sólo a punta de bolas, y si desde la estructuración de la historia y del guión empiezas a buscar a los mejores pues va bien, vas bien… Dale por ahí…
7.- Consíguete un buen productor, el mejor, para que monte el proyecto ante el CNAC, ante Ibermedia, que convenza a otros productores de cine amigos de él en torno a tu buena idea y tu mejor guión. Porque a los productores tú los convences con un buen guión, intachable, eficaz para conducir la historia de marras. 
Búscate alguien como Rodolfo Cova, que ha producido: La Hora Cero,   Azul ni Tan Rosa (ganadora del Goya)  Papita, Maní Tostón (récord histórico de taquilla en Venezuela) y ahora  Desde allá, León de Oro en La Mostra 2015 en Venezia.
Si convences a Cova, y te juntas con Michel Franco (Después de Lucía), y también convences a Edgard Ramírez para que sean productores ejecutivos, vas bien, sigue sin desviarte.
8.- Si has llegado a este punto, confía en tu instinto, confía en tu idea. Los coproductores mexicanos querían que el filme se hiciera allá, pero al parecer el señor Vigas razonó de manera sencilla y sentimental: Yo soy venezolano, esta es una película venezolana, que ocurre en Caracas. Así que la haremos en Caracas. Y así se hizo.
9.- Respeta tu estilo, no lo cambies por querer agradar a los productores, a los analistas de guión, a los habladores de pendejadas. Repito, si has llegado a este punto, es que vas bien. Modestia sí, y escuchar a los demás porque siempre pueden decirte algo que no has notado: pero también mucha firmeza. Somos venezolanos, nos conocemos. A cada rato te vas a encontrar con un tipo(a) que te va a decir: “No contrates a ese actor, tiene acento chileno” “Ese director de fotografía es chimbo.” “Si sigues por ahí va a ser un fracaso.” Respóndeles: “Hazlo tú güebón, a ver adónde llegas”.
Al ver el tráiler, intuyo que la narración de Vigas es personalísima, veo muchos focus pulling, que pasan de un rostro a un objeto, con una música de piano sutilísima al fondo (dije tráiler). Creo que el señor Vigas es fiel a lo que siempre ha pregonado, que no le gusta el cine Hollywoodense con sus persecuciones y voladuras de carros, etc. No tienes que imitar a Hollywood para ser bueno. Si Vigas escogió otra manera de narrar y acaba de ganar la Mostra, no hay nada que discutir, porque con el éxito no se puede discutir, a menos que a uno lo mueva la envidia.
Por oposición, si te gusta el estilo de Hollywood, si quieres contar una historia que se monte sobre la acción, y menos sobre la evolución psicológica interna de los personajes, estás en tu derecho.
 Papita Maní Tostón es una historia que Vigas jamás contaría, es una comedia romántica al estilo clásico de Hollywood, que podría ser hasta una franquicia: puedes cambiar la rivalidad Caracas-Magallanes por Yankees-Medias Rojas o Real Madrid-Barcelona, y funciona igual porque parte de un arquetipo, la historia de Romeo y Julieta pero con Happy Ending. Y el que dice que es mala, que es un fiasco, es simplemente por envidia. Dos millones de espectadores la prefirieron por encima de todas las otras películas que se han exhibido en la historia de la industria en Venezuela. O sea que metió más público que cualquier título de la saga de El Señor de los Anillos,Harry Potter, e incluso Rápidos y Furiosos. Dicen que Titanic metió más gente, pero los números y las estadísticas de esa época no son confiables.
10.- Trabaja duro en el rodaje, no te duermas en el autobombo, no te eches a perder, debes ser obsesivo con el trabajo, pero tratar de transmitir buen humor y no angustiar a tu equipo. Recuerdo que el gran fotógrafo Néstor Almendros en su libro  Días de una cámara decía que lo más importante para un cineasta era mantener una buena salud. Yo diría que física y mental. Hay demasiadas tentaciones en este trabajo aparte del ego de uno mismo, y los colegas saben a qué me refiero, demasiada gente bonita, demasiadas fiestas, vinos, y esas otras sustancias que te alteran la percepción, así que pareciera que una cierta disciplina y distancia es recomendable.
En los rodajes en que he participado, no se aceptan parrandas. Cuando las hay todos los días, la película es un fracaso. Para celebrar están el “Rope it up!” (¡Recojan que nos vamos!) y las dulces mieles de los festivales y las premieres.
Bueno, y a moverse, que hay que hacer promoción, distribución, exhibición (búscate a los mejores profesionales en esa área), y a llevar tu mensaje al público, al lado de los actores, siempre sonriente, elegante, discreto en tus declaraciones políticas (volvemos al punto 1), sin sentir vergüenza por el país en que naciste, con orgullo de haber hecho algo bueno por el cine y por Venezuela. 
El público es el soberano. El público decidirá si te apoya o no en las salas. No lo acuses de bruto sino colma las salas para ver tu filme. Revísate: ¿Por qué alguien debería entrar a ver tu historia si al lado puede escoger entre Interestelar o Intensamente? Tu película tiene que ser tan buena o mejor que Interestelar y que Intensamente. Es así de simple. Y así de difícil. “Yo no soy tan pedante, yo no me planteo esos dilemas”. Bull shit. Ya de entrada pareciera que estás tratando de justificar un bodrio. La verdad terrena es que cuando llegues a las salas, vas a tener al lado en el Multiplex 6 salas con títulos de Hollywood, y vas a tener que competir con ellos, quieras o no. La Ley de cine te da la protección de dos semanas-cine, pero nada más. De ahí en adelante tienes que competir en base a talento: o alcanzas los porcentajes del competitivo o te sacan la película. La vida es así, no la he inventado yo.
Felicitaciones a todo el equipo de  Desde allá que nos ha dado la felicidad y el orgullo de ganar un festival grado A en el que nunca había sido aceptada una película venezolana.
¡Nos vemos en la premiére en Caracas!
Óscar Reyes-Matute




La revolución del cine venezolano

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Los premios internacionales llegan uno tras otro y el León de Oro cosechado por  Desde allá, de Lorenzo Vigas, en el Festival de Venecia no hace sino confirmar el gran momento que vive el cine venezolano en medio de la crisis socioeconómica. Dios aprieta pero no ahorca, diríamos nosotros para explicarnos mágicamente lo que está pasando, porque las respuestas racionalistas son densas e incluso hasta absurdas. Nadie tiene la clave, pero los hechos si son cuantificables y hasta dignos de ser festejados.Es una revolución y no le tengamos miedo al termino mientras no se detenga sin esas metas que todos anhelamos.
En la edición on line de El Universal, del 15 de septiembre, se afirma que el triunfo de la cinta de Lorenzo Vigas, que superó a cineastas del calibre de Tom Hooper, Charlie Kaufman, Marco Bellocchio y Alessandri Sokurov, se suma a una serie de éxitos en otras competencias internacionales. Pelo Malo, de Mariana Rondón, ganó la Concha de Oro del Festival Internacional de Cine de San Sebastián del 2013; Azul y no tan rosa, de Miguel Ferrari, conquistó al Goya a la mejor cinta iberoamericana del 2014 y  La distancia más larga, de Claudia Pinto, se adjudicó el premio a la mejor ópera prima en los recientes Premios Platino que reconocen al cine iberoamericano.
Y nosotros,que ya habiamos señalado esos detalles,  añadimos que Pelo malo, Azul  y no tan rosa y Desde allá son abiertamente peliculas anti homofóbicas y denuncian esa  discriminación que aplasta los derechos humanos no solo en Venezuela sino en otros países. Aquí al menos se trabaja contra esa enfermedad psicosocial y se aplican los amparos la Constitución de la República Bolivariana de  Venezuela, promulgada en 1999 por el presidente Hugo Rafael Chávez Frías.
CIFRAS INNEGABLES
Se sabe, porque ahí están las cifras y la respectiva información, que pesar de la agitación económica y social que padece Venezuela, la industria cinematográfica local ha crecido enormemente en los últimos años, lo que se ha visto reflejado no solo halagos internacionales sino también en las taquillas.
Siete de las 20 películas nacionales más taquilleras de la historia fueron estrenadas entre 2005 y 2014, algo inusitado en un país donde llegó a producirse un filme por año y la permanencia de las cintas nacionales en cartelera era generalmente efímera.
Entre el 2005 y lo que va del 2015 se han estrenado 171 películas, comparado con las 45 entre 1994 y 2004. La venta de boletos, por su parte, saltó de los 3,32 millones (1994-2004) a 17,35 millones (2005-2015).
"Es muy emocionante ser parte de este movimiento cinematográfico que está viviendo Venezuela a nivel internacional, donde ya se nos reconoce como cine de calidad, premiado en todos lados", dijo a la agencia AP la actriz Malena González, protagonista de  La distancia más larga, que está también nominada al Goya 2015 a la mejor película iberoamericana.
"No es poca cosa. Nos hemos llevado los tres premios de cine Iberoamericano más importantes. Estamos felices y nos llena de orgullo que haya mucha gente trabajando duro para que eso no se quedé allí", agregó González.
Libertador, de Alberto Arvelo, protagonizada por Edgar Ramírez, quedó el año pasado entre las nueve películas que dirimieron el Oscar a la mejor cinta extranjera.
EL CNAC ES FACTOR DE DESAROLLO
"El `secreto' del éxito de nuestro cine radica en la atención de los distintos ámbitos que componen la cinematografía: la formación, la creación, la producción, la promoción, la distribución", afirmó a la AP Juan Carlos Lossada, presidente del Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC), probablemente la principal razón del auge del cine nacional.
También ha incidido el hecho de que "se ha enfocado la atención en el bienestar de la gente que hace cine" mediante un subsidio anual de programas de salud y sociales para cientos de trabajadores cinematográficos independientes, resaltó Lossada.
"Desde el CNAC hemos desarrollado sin parar, durante muchos años, diversos programas que han buscado no meramente producir más filmes, sino construir una cinematografía nacional", agregó. "Hemos sostenido un programa de fomento a la producción cinematográfica que es ejemplar en el mundo ya que incluye lo mismo ficción que documental y animación, cortometrajes, medios y largometrajes, en todas y cada una de los eslabones o fases del cine, desde la escritura del guion, pasando por el desarrollo de proyectos, la producción, la postproducción y las ayudas automáticas a la distribución y la promoción".
En los últimos 10 años el CNAC ha otorgado más de 700 becas, de las cuales aproximadamente la mitad han sido para estudiar carreras de pre o postgrados o especializaciones técnicas en el exterior, en países como México, Argentina, Cuba, Chile, Brasil, Francia, España y Estados Unidos.
NO HAY TABÚES
Las coproducciones también han beneficiado el cine venezolano, como en el caso de  Desde allá (Venezuela, México) en la que estuvieron involucrados los galardonados directores mexicanos Gabriel Ripstein y Guillermo Arriaga, quien igualmente colaboró en el guión.
"Hay que unirse, hacer películas con los mejores talentos", aseveró Vigas. "Yo me traje al director de fotografía importante de Chile, Sergio Armstrong; algunos amigos productores mexicanos están en la película e hicimos esta película venezolana con esas ayudas latinoamericanas".
La película de Vigas fue financiada en parte por el CNAC, un organismo gubernamental en el que no parece haber temas tabú y que se ha mantenido ajeno a las amargas divisiones políticas que agobian a los venezolanos. Un organismo que ha sido fundamental para los financiamientos y para la ejecución de la Ley del Cine, un logro  de los gremios cinematográficos, de los empresarios y del mismo Estado, que se viene aplicando desde el siglo pasado y que ahora va para su segunda reforma.
Vigas destacó "la libertad creativa" promovida por el CNAC. Indicó que muchos de los filmes locales "tocan de manera cruda la conflictividad social y los problemas" que acosan a los venezolanos sin ser censurados ni hostigados, a diferencia de lo que ocurre en otros sectores donde las organizaciones públicas son muy poco tolerantes a la crítica.
"Afortunadamente en el CNAC todavía hay y ha habido una cierta independencia", señaló Vigas, destacando que su película fue aprobada bastante rápidamente a pesar de que "el guion era muy fuerte".
La conflictividad de Venezuela, sumida en una severa crisis económica caracterizada por una galopante inflación, escasez de alimentos y otros productos básicos, y una creciente delincuencia, entre otros problemas sociales, inevitablemente impregna el cine local y en muchos casos se convierte en un actor más.
Desde allá cuenta la historia de un homosexual masculino, de clase media-alta, de 50 años que busca jóvenes en paradas de autobús y les ofrece dinero para llevarlos a su casa, y que también acostumbra a espiar a un hombre de edad avanzada, al que está unido por el pasado. Un día Armando recoge a Elder, el líder adolescente de una banda de delincuentes de un peligroso barrio de Caracas y de este encuentro nace una relación que los cambiará para siempre.
CONTRA EL DOMINIO FORANEO
El CNAC también auspicia la difusión de cortometrajes venezolanos en espacios comerciales como salas de cine y lugares  alternativos como plazas públicas y cines al aire libre, que sirve al desarrollo de nuevos cineastas. “Esos espacios en que se presentan los cortos son importantes para la gente, para el público y los realizadores de cine, sobre todo los que comienzan. Afortunadamente tenemos una ley de cine moderna, con muchas cosas que no tienen muchos países", dijo Mike Medina, coordinador general de Venezuela en Corto.
Pese a sus avances, la industria cinematográfica venezolana sigue luchando por reducir el dominio del cine internacional en el mercado local y para ello cuenta con varias empresas particulares de cineastas y también cuenta con la única productora oficial de cine, la Villa del Cine y una promotora, también oficial, Amazonia Films.
"Todavía el 70% o más de los filmes que se entrenan en Venezuela son películas extranjeras que provienen, casi en su totalidad, de un solo lugar del planeta, Estados Unidos", manifestó Lossada.



Será reformada Ley de Cinematografía Nacional

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Lorenzo Vigas, cineasta venezolano.
 A 21 años de la Ley de Cinematografía Nacional y a 10 años de su primera reforma, se discute la reforma parcial de dicho documento. Aquí insertamos dicho documento, el cual es largo, pero recomendamos paciencia al leerlo por su delicada importancia:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En 1994, mediante la aprobación de la Ley de Cinematografía Nacional por el Congreso de la República, la comunidad cinematográfica venezolana, que por décadas había luchado por tener un marco legal que reconociera la importancia cultural del séptimo arte y lo dotara de condiciones adecuadas para su desarrollo, vio plasmada esa aspiración de manera parcial, debido a la eliminación condicionada –producto de enormes presiones económicas y políticas nacionales e internacionales- de un artículo que hubiera permitido hace poco más de dos décadas, el financiamiento estable del sector. A pesar de ese cercenamiento, se consiguió un marco jurídico específico para el cine venezolano, y la creación de una institucionalidad concreta a través del Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC).

Con los exiguos recursos que en la década de los noventa fueron adjudicados al naciente CNAC por vía presupuestaria, fue posible apenas estimular tímidamente la producción de películas venezolanas, que en su conjunto, en esa década signada por las políticas de libre mercado, desaparición de los cines populares, desregulación y poca inversión en el sector, escasamente logró mostrar la cifra de poco menos de 3 millones y medio de espectadores en 10 años y un número bastante limitado de películas hechas en nuestro país.

La históricamente combativa comunidad cinematográfica venezolana, tras extensos y denodados esfuerzos de debate nacional, en el seno y con la participación activa del CNAC, impulsó desde inicios de la década del 2000, un texto de construcción colectiva, enfocado a dotar al cine venezolano de un marco legal más amplio, provisto de mayores y mejores mecanismos de protección y estímulo a la obra cinematográfica nacional, y ahora sí, dotado de un órgano adscrito al CNAC (Fondo de Promoción y Financiamiento del Cine-FONPROCINE) que fundado en el principio ciudadano de la corresponsabilidad, permitiera recibir de los distintos agentes económicos privados ligados al quehacer cinematográfico y audiovisual industrial, aportes económicos bajo la figura de contribuciones especiales.

Es así como, tras meses de productivo debate parlamentario, el 27 de Septiembre del 2005, la Asamblea Nacional, que para ese entonces presidia Nicolás Maduro, aprobó en el Palacio Federal Legislativo la Reforma de la Ley de Cinematografía Nacional (LCN), que fue publicada en la Gaceta Oficial N° 5.789, del 26 de octubre de 2005. Esta primera reforma de la LCN fue aprobada por unanimidad por las fracciones políticas que hacían vida en la AN y que fue expresión de una clara posición del Estado venezolano en torno a la necesidad de fortalecer el cine como arte e industria.

El próximo 27 de Septiembre se va a cumplir una década de la aprobación de ese instrumento legal, que ha sido fundamental para el importante desarrollo del cine hecho en Venezuela. La exigua cifra de poco menos de 3 millones y medio de espectadores de la década de los 90, contrasta notoriamente con los 17 millones de espectadores que prefirieron al cine venezolano en el período que coincide con la aplicación de la primera Reforma de la LCN, lapso signado por los más grandes avances en todas las áreas ligadas a la industria del cine nacional.

Sin esa reforma, es indudable que no habría existido una década tan exitosa para el cine venezolano.

En el período que va de 2005 a 2015, con la aplicación de la Ley de Cinematografía Nacional, ha sido posible incrementar notablemente la producción nacional, generar miles de empleos directos e indirectos, elevar notablemente los estrenos cinematográficos nacionales en pantalla, fomentar programas de formación de nuevas generaciones y entre otros muchos logros, financiar un creciente programa de bienestar social de los trabajadores y trabajadoras independientes, que hoy día protege a más de 600 integrantes de la comunidad cinematográfica del país y quienes en conjunto hacen posible la construcción de nuestro propio imaginario audiovisual.

Se han superado en estos 10 años de aplicación de la primera reforma de la Ley de Cine todos los récords históricos de producción, estrenos y premios internacionales que se habían conseguido en más de un siglo de cine en Venezuela, y por primera vez también, la cinematografía nacional ha logrado un financiamiento propio, en más de 90%, gracias a los aportes provenientes de FONPROCINE, descargando así al Presupuesto Nacional de recursos que ahora se destinan a otros sectores de la vida cultural venezolana.

No obstante, el crecimiento del cine nacional no puede detenerse y ante las nuevas realidades que impiden un mayor desarrollo, sumado  a metas crecientes que han de ser asumidas y a la necesidad de profundizar en los importantes avances conseguidos, se hace necesario el planteamiento de una Segunda Reforma a la LCN, que parta de la valiosa experiencia de los últimos diez años, con miras a superar las deficiencias y debilidades presentes en el vigente marco normativo cinematográfico.

Coincidente con esta necesidad de la comunidad cinematográfica nacional, hay que remarcar que el Decreto 1.391, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Cultura, publicado en Gaceta Oficial N° 6.154 del miércoles 19 de noviembre de 2014 ordena en su disposición transitoria número 1, la adecuación del resto del marco jurídico venezolano en materia cultural, dentro del cual se incluye la Ley de Cine.
El interés manifestado por el Ejecutivo Nacional desde sus más altos niveles por desarrollar el cine venezolano, lo que ha sido expuesto en muchas oportunidades en alocuciones públicas, en concordancia con el interés de todos los gremios vinculados a la comunidad cinematográfica nacional, manifestado  en 2014 en el marco del Foro del Cine Nacional, donde participaron cientos de integrantes de nuestra industria cinematográfica de todo el país, expresando masivamente la necesidad de la realización de modificaciones a la Ley de la Cinematografía Nacional en aspectos puntuales, que se presentan a continuación:

A) Del  Centro Nacional Autónomo de la Cinematografía y su relación con las demás Instituciones Cinematográficas:

1. Reconocimiento del carácter rector nacional del Ministerio con competencia en materia de cultura y del CNAC, como ente autónomo ejecutor de las políticas de los distintos procesos que componen la cinematografía: la creación, la producción, la formación, la investigación, la distribución, la exhibición, la conservación y la preservación, de conformidad con lo establecido en el artículo número 28 de la Ley Orgánica de Cultura.

B) Del Fomento Cinematográfico Nacional
1. Establecer con mayor claridad en la LCN los programas de fomento a la creación y la producción cinematográfica asumida ésta como expresión cultural objeto de protección estratégica y especial por parte del Estado venezolano, programas basados en el carácter colegiado y plural de su diseño, formulación y ejecución.
2. Prever la posibilidad de promover la constitución de Fondos Regionales de Cinematografía en las distintas entidades federales del país, que puedan ser integrados con los aportes de entidades públicas y privadas regionales y que cuenten con la asesoría y la coordinación del CNAC.
C) De La  Diversidad de la Oferta Cinematográfica En Venezuela
1. Del desarrollo de los Principios de Diversidad Cultural e Interculturalidad, lo que se traduce en la inexistencia de primacías de alguna cultura sobre otra, establecidas en la Declaración Universal de la UNESCO sobre Diversidad Cultural y en la Convención Universal sobre promoción y protección de la expresiones culturales, así como las disposiciones previstas en el Capítulo de Derechos Culturales en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las regulaciones constitucionales. Y en materia de prácticas antimonopólicas, se establecen mecanismos en la LCN que garanticen la diversidad cinematográfica en el país y el ejercicio real del derecho de elección de los espectadores a partir de una oferta fílmica plural y diversa. Para ello se hace necesario la modificación de los artículos 28, 30 y 31 de la LCN.
2. Necesidad de modificar la denominada Cuota Mínima de Pantalla Anual Variable, disposición prevista en el artículo número 30, a objeto de lograr un equilibrio de la oferta fílmica programada en los complejos cinematográficos, tanto en función de la obra cinematográfica nacional como la proveniente de diversos mercados de producción cinematográfica del mundo. Prever incentivos por su cumplimiento y sanciones por su infracción.
3. Necesidad de dotar a las Obras extranjeras de Interés Artístico y Cultural certificadas por el CNAC de mecanismos de protección que hagan posible su exhibición y  permanencia en pantalla, a través del establecimiento de un Promedio Especial, similar al Promedio de Obras Cinematográficas Venezolanas (PELVEN).
4. Se plantea la incorporación en la Ley de la Cinematografía Nacional de disposiciones actualmente previstas en las  Providencias Administrativas del CNAC relativas a las salas alternativas e independientes, la certificación de las obras de interés artístico y cultural e  incentivos por su programación.
D) La debida Protección de la Obra Cinematográfica Nacional:
1. Se hace necesario mejorar y ampliar el marco regulatorio que protege la distribución y exhibición de los filmes nacionales, estableciendo, entre otros, la obligación de los exhibidores cinematográficos de realizar una efectiva rotación en el territorio nacional de las películas venezolanas, lo cual hace imprescindible la modificación del artículo relativo a la Cuota Mínima de Pantalla Anual.
2. Asimismo, se hace requiere de la incorporación a la LCN de la figura del PELVEN, o Promedio de Películas Venezolanas, establecido mediante Providencia Administrativa del CNAC, así como también regular su cálculo y aplicación.
3. Se hace necesario normar con mayor precisión y claridad la exhibición de los cortometrajes y noticieros nacionales, así como los avances cinematográficos o trailers, actualmente previstos en los artículos 27 de la LCN y 68 a 71 del Reglamento de la LCN,  así como el orden en que éstos han de ser programados y exhibidos en las salas de cine en relación al largometraje programado y a los cortos publicitarios y propagandísticos incluidos en la programación. Surge la necesidad de establecer la respectiva sanción a la infracción de la disposición que sea acordada en esta materia.
4. De igual forma es necesario establecer competencias CNAC para fiscalizar y sancionar no solo a la salas de exhibición cinematográfica, sino también a las personas naturales y jurídicas que presten servicios a la producción y las diversas actividades que conforman la Cinematografía Nacional.
E) La Incorporación de  nuevas formas organizativas dentro del CNAC y de la Industria Cinematográfica Nacional.
1. Incorporar en el texto legal como una disposición ya vigente a  la Asociación de Bienestar Social de los Trabajadores del Cine (ABICINE).
2. Incorporar también las figuras de las instancias creadas en Providencias Administrativas con funcionamiento efectivo, como la Mesa Técnica Permanente de Distribución y Exhibición y Cinematográfica, la Mesa Técnica Permanente de Formación Cinematográfica y el Observatorio del Cine Venezolano.
5. Incorporar en la LCN la figura de la Comisión Fílmica de Venezuela y dotarla de competencias claras que faciliten el rodaje de obras cinematográficas extranjeras en el país, los requisitos a ser cumplidas y el establecimiento  una Tasa que vaya al patrimonio del CNAC.
6. Incorporar en la LCN la figura de un nuevo órgano adscrito al CNAC que atienda los distintos procesos de internacionalización del cine venezolano, incluyendo su incursión en mercados cinematográficos en el mundo.
7. Incorporar en la LCN la figura de las Redes Populares Estadales de Cine y Audiovisual, en concordancia con lo establecido en el artículo número 23 de la Ley Orgánica de Cultura.
8. Incorporar la figura de la Plataforma del Cine, bajo la rectoría del CNAC.



9. Incorporar en la LCN la instancia del Foro del Cine Venezolano, como entidad de articulación de la comunidad cinematográfica venezolana en toda su pluralidad.
10. Propiciar la creación y consolidación de circuitos  de cine independiente y alternativo comprometido con el cine venezolano, latinoamericano, de procedencia diversa, que certifique el CNAC como de interés artístico y cultural.

11. Necesidad de establecer con mayor claridad el alcance de los roles del exhibidor y del distribuidor.

D) De las Contribuciones Especiales  
1. Se hace necesario una revisión  de cada una de las seis (6) contribuciones especiales previstas en la Ley, frente a la realidad económica nacional y los planes de crecimiento del cine nacional.

2. Se propone sustituir la figura de exoneración por el de exención en el artículo 59 de la LCN, a objeto de estimular el desarrollo de relaciones activas y ágiles de los contribuyentes de FONPROCINE que se acojan al beneficio establecido (ampliar la coproducción a la promoción y comercialización). En este sentido se propone la inclusión del  procedimiento propuesto en el anteproyecto de Reglamento de la LCN discutido y aprobado en consulta pública a mediados del año 2011 en lo relativo al arbitramiento de la selección del proyecto u obra cinematográfica que el solicitante proponga al CNAC.

3. De igual forma se propone la modificación delos artículo 57 y 58 de la LCN con el fin de estimular en los contribuyentes nacionales y especiales en inversiones y liberalidades en la industria de la cinematografía.


E) Marco Sancionatorio

1. Con base en los diversos ilícitos y sanciones  cometidos y sancionados en los últimos años, se propone una revisión del conjunto de sanciones previstas en la Ley y el establecimiento de sanciones ante la incorporación de nuevas obligaciones a las personas previstas en la Ley, como la interrupción o corte de los créditos de las obras cinematográficas,  disposiciones asociadas a la correcta, oportuna y suficiente exposición de información y promociones de las películas venezolanas en las instalaciones de los cines y complejos cinematográficos, lo cual incluye además la cobertura en los sitios web de las empresas exhibidoras y la programación de los trailers, afiches o cualquier otro tipo de avance cinematográfico de los filmes nacionales en pantalla cinematográfica y en cualquier dispositivo electrónico utilizado por las empresas exhibidoras en los cines y complejos cinematográficos, también la obligación de las empresas exhibidores a brindar espacio de promoción a las obras cinematográficas nacionales en el conjunto de medios y redes empleadas por tales empresas para la publicidad y promoción de su programación.

5. Se propone introducir el concepto del Sistema Nacional Integral de Emisión de Boletería Cinematográfica, figura existente en cinematografías como la argentina, la portuguesa, la española y la francesa, y mientras se instrumente dicho sistema, la obligación del suministro de reportes de taquilla al CNAC diariamente una vez finalizada la última función ofrecida al público, esto como avance indispensable a la regulación actualmente prevista en el artículo número 35 de la LCN y el establecimiento de nuevas sanciones por su incumplimiento.



F) Modificación de Disposiciones que perdieron vigencia en el tiempo por diversas razones:

1.  Se propone la actualización  de la integración del Consejo Nacional Administrativo y  de FONPROCINE (artículos 9 y 38 de la LCN), instancias ante las cuales se establecen representaciones de Ministerios que ya no existen y otros que no tienen relación sustantiva con el cine.

2. Con el surgimiento de nuevas tecnologías perdieron vigencias artículos que obligaban a los distribuidores a la realización de copias en el país, por lo que se presenta ahora una disposición que protege al sector de empresas que se dedican a ciertas actividades necesarias para la producción.

3. Revisión de las competencias del Registro de la Cinematografía Nacional,  que les permita recibir y proteger los derechos de los autores de guiones cinematográficos y otros productos de ingenio, de cuyo registro de autoría pueda dar fe el CNAC.


ARTICULADO

Artículo 1. Se modifica el artículo 1 en los siguientes términos:

Artículo 1. Esta Ley tiene como objeto el desarrollo, fomento, difusión y protección de la cinematografía venezolana como expresión cultural de la Nación, así como de las obras cinematográficas, entendidas éstas como el mensaje autoral, visual o audiovisual, compuesto por imágenes diacrónicas organizadas en discurso, que fijadas a cualquier soporte tiene la posibilidad de ser exhibido por medios masivos”.

Artículo 2. Se modifica el artículo 2 en la forma siguiente:

Artículo 2. La cinematografía nacional comprende todas aquellas actividades vinculadas con la creación, innovación, desarrollo científico, tecnológico y técnico,  investigación, formación, producción, realización, promoción, distribución, exhibición, difusión, conservación, restauración y preservación de obras cinematográficas, así como la presencia de ésta y de sus creadores y creadoras en el territorio nacional y en el ámbito internacional”.

Artículo 3. Se modifica el artículo 3 de la manera siguiente:

Artículo 3. Los entes y órganos del poder público nacional, estadal y municipal y las organizaciones del sector privado deberán instrumentar políticas y acciones que coadyuven al desarrollo de las actividades descritas en el artículo 2 de la presente Ley, así como a la consecución de los objetivos que en materia de interculturalidad y diversidad cultural establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley Orgánica de Cultura, y los diversos acuerdos y tratados con rango constitucional que ha suscrito o suscriba la República”.

Artículo 4. Se modifica el artículo 7, el cual queda redactado en los siguientes términos:

Artículo 7. La rectoría sobre la política cinematográfica la ejercerá el Ministerio con competencia en materia de cultura, a través del Centro Nacional Autónomo de Cinematográfica (CNAC).

Para el cumplimiento de los objetivos señalados en esta Ley, el Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC), tendrá las siguientes funciones:

1.    Diseñar los lineamientos generales de la política cinematográfica.

2.    Suscribir convenios destinados a desarrollar la producción, distribución, exhibición y difusión de obras cinematográficas nacionales.

3.    Estimular, proteger y promover la producción, distribución, exhibición y difusión dentro y fuera del país, de las obras cinematográficas nacionales, así como su conservación, preservación y restauración

4.    Incentivar la creación y protección de las salas de exhibición cinematográficas.

5.    Fomentar el desarrollo y mantenimiento de la infraestructura física y la innovación tecnológica cinematográficas.

6.    Estimular la diversidad de procedencia de las obras cinematográficas extranjeras y fomentar las de relevante calidad artística y cultural, basado en el principio de reciprocidad.

7.    Promover la formación en todas las áreas de la cinematografía, así como el mejoramiento profesional de los trabajadores independientes y del sector público que laboran en la industria cinematográfica, de conformidad con la ley.

8.    Fomentar la creación de las entidades, asociaciones o fundaciones que considere necesarias o convenientes para el mejor cumplimiento de sus fines.

9.    Fomentar la constitución de fondos autónomos regionales y municipales para la investigación, formación, producción, realización, distribución, exhibición y difusión de la cinematografía nacional.

10.Promover la investigación cinematográfica y demás áreas asociadas a ella.

11.Las demás que le asignen esta Ley y sus normas”.

Artículo 5. Se modifica el artículo 11 en la forma siguiente:

Artículo 11. El Comité Ejecutivo, es el órgano encargado de ejecutar las políticas y decisiones del Consejo Nacional Administrativo y tendrá las siguientes atribuciones:

1.    Establecer los lineamientos de las políticas cinematográficas.

2.    Velar por el fortalecimiento del patrimonio del Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC).

3.    Aprobar el Plan Operativo y el proyecto de presupuesto anual de ingresos y gastos de la institución.

4.    Aprobar los financiamientos que otorgue el Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC).

5.    Aprobar los manuales organizativos y los procedimientos internos, y asegurar la permanente actualización de estos instrumentos.

6.    Dictar el Estatuto de Personal del Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC).

7.    Dictar las normas operativas que fijen las condiciones que deben reunir los beneficiarios de financiamientos y créditos establecidos de conformidad con esta Ley.

8.    Aprobar las solicitudes de exenciones contempladas en esta Ley, presentadas por el Presidente del Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC).

9.    Aprobar las sanciones establecidas en esta Ley.

10.Presentar al Consejo Nacional Administrativo del Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC), el Anteproyecto del Plan de Cinematografía Nacional y adoptar las iniciativas más convenientes para su ejecución y desarrollo.

11.Estudiar y aprobar los montos a cobrar a los usuarios de los servicios públicos que preste el Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC).

12.Dictar las normas operativas y técnicas aplicables a las distintas actividades cinematográficas establecidas en esta Ley.

13.Las demás que le asigne esta Ley y su Reglamento”.

Artículo 6. Se modifica el artículo 17 en los términos siguientes:

Artículo 17. El Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC), como ente encargado de fomentar y desarrollar la cultura cinematográfica, estimulará las siguientes actividades y programas:

1.    La creación, producción, distribución, exhibición y difusión de obras cinematográficas no publicitarias o propagandísticas.

2.    La exportación e importación de obras cinematográficas de relevante calidad artística y cultural, basado en el principio de reciprocidad.

3.    La formación, investigación, conservación, archivo y difusión cultural de obras cinematográficas y la coordinación de la participación en esta tarea de otras instituciones públicas o privadas que desarrollen actividades afines, de acuerdo a criterios establecidos por Mesas Técnicas conformadas por especialistas del sector y representantes designados por los órganos o entes del Estado con competencia en la materia.

4.    La constitución y desarrollo de los centros de cultura cinematográfica y similar.

5.    Los programas que propicien el mayor acceso posible de la colectividad a los bienes y servicios culturales cinematográficos en todo el territorio nacional, así como la formación crítica de los espectadores y espectadoras y su conformación en Comités.

6.    Los programas de apoyo para consolidar e impulsar la distribución y exhibición independiente y alternativa que promuevan el cine nacional y las obras cinematográficas extranjeras de interés artístico y cultural certificadas por el CNAC.

7.    Los programas y mecanismos de incentivos para el fomento de la cultura cinematográfica y el respeto de la diversidad cultural a través de la democratización de las pantallas”.

Artículo 7. Se modifica el artículo 18 en la forma siguiente:

Artículo 18. Se declaran de interés público y social,  bajo la protección especial del Estado, las organizaciones, los servicios y actividades de cultura cinematográfica.

En tal sentido, los entes y órganos del poder público nacional, estadal y municipal deberán implementar y apoyar políticas y programas para contribuir a la difusión de la cultura cinematográfica, así como a la conservación, preservación y restauración de obras cinematográficas, como resguardo de la identidad venezolana, latinoamericana, caribeña y demás culturas del mundo, en el marco de la interculturalidad y basados en los principios de reciprocidad y de igualdad de las culturas.

A los efectos de este artículo, se consideran sujetos de difusión cultural cinematográfica, entre otros: las salas alternativas y/o independientes, cineclubes, salas comunitarias, cinematecas, archivos cinematográficos, cines al aire libre, cinemóviles, organizaciones populares que promuevan la cultura cinematográfica, festivales y muestras, redes de investigación y difusión cinematográfica, centros de formación crítica, y toda asociación o centro de cultura cinematográfica dedicado a la promoción del cine nacional, latinoamericano, caribeño, de procedencias diversas, considerado de interés artístico y cultural, bajo el principio del diálogo de las culturas que nos integran como Humanidad, en procura de la protección y promoción de la diversidad de las expresiones culturales”.


Artículo 8. Se modifica el artículo 19 de la manera siguiente:

“Artículo 19.El Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC), fomentará la producción independiente de obras cinematográficas nacionales de carácter no publicitario o propagandístico y desarrollará programas de incentivos para estimular su continuidad.

Las empresas que se dediquen a los servicios técnicos y de soporte tecnológicos para la producción de obras cinematográficas en el territorio nacional, están sujetas a la regulación del CNAC, conforme a criterios profesionales establecidos por  Mesas Técnicas integradas por especialistas o peritos del sector”.

Artículo 9. Se modifica el artículo 27 en los términos siguientes:

Artículo 27. Los exhibidores deberán:

a.    Disponer de infraestructuras y condiciones adaptadas a las personas con discapacidad, situación especial y de vulnerabilidad, que garanticen el pleno acceso, la adecuada atención preferencial y mecanismos efectivos de conformidad con las leyes que rigen la materia.

b.    Proyectar inmediatamente antes de la obra cinematográfica de  largometraje programada, en el siguiente orden: los avances de películas (trailers) de las obras cinematográficas o audiovisuales de producción nacional e internacional que estén próximas a exhibirse, los noticieros de producción nacional y un cortometraje venezolano de estreno, no propagandístico o publicitario.

c.    Programar y proyectar los avances de las películas venezolanas (trailers), durante al menos ocho (8) semanas continuas previas a su  estreno.

d.    Programar y garantizar la correcta y oportuna colocación de los afiches, así como de cualquier otro elemento impreso o digital creado especialmente para la promoción de las obras cinematográficas venezolanas.

e.    Brindar espacios a las obras cinematográficas nacionales en el conjunto de medios y redes que empleen para la publicidad y promoción, tales como sitios web, redes sociales, portales, y cualquier dispositivo o medio electrónico utilizados en los cines y complejos cinematográficos. 

f.     Proyectar las obras cinematográficas en la mejor calidad de imagen y sonido, sin interrupciones y sin manipulación u omisión alguna de su contenido original.

g.    Apoyar la promoción y programación de las obras  cinematográficas extranjeras de interés artístico y cultural certificadas por el CNAC.

h.    Notificar al productor, al distribuidor y al CNAC, la programación de la exhibición de las obras cinematográficas nacionales por pantalla, con al menos cinco (05) días continuos de antelación.

El CNAC supervisará y regulará el cumplimiento de esta norma en aras de garantizar la debida promoción y protección del cine nacional, así como de propiciar la diversificación de la programación cinematográfica en el país”.

Artículo 10. Se modifica el artículo 28 de la forma siguiente:

Artículo 28.  Los distribuidores no podrán condicionar o restringir el suministro de películas a los exhibidores y comercializadores, ni la adquisición, venta, arrendamiento o cualquier otra forma de explotación de películas pertenecientes a una misma distribuidora.

Los exhibidores no podrán incurrir en abuso de posición de dominio derivada de una concentración económica, ni incurrir en prácticas desleales con efectos nocivos y restrictivos a las condiciones efectivas de competencia económica garantizadas por la Constitución y las Leyes, que perjudiquen a la industria cinematográfica nacional.

Con el objeto de garantizar la efectividad de los distintos mecanismos  de protección y promoción de las obras cinematográficas venezolanas y velar por  su cumplimiento, se crea la Mesa Técnica Permanente de Distribución y Exhibición Cinematográfica, que será coordinada por el CNAC y que estará conformada por productores, distribuidores, exhibidores y una representación de los distintos gremios cinematográficos venezolanos”.

Artículo 11. Se modifica el artículo 29 que pasa a formar parte del Capítulo III De la Distribución y Exhibición, en la forma siguiente:

Artículo 29. El copiado, así como los procesos técnicos necesarios para la realización de copias de obras cinematográficas nacionales y extranjeras a ser distribuidas y exhibidas en salas de cine localizadas en el territorio nacional, deberá ser efectuado en el país, sea cual fuere su formato o soporte.

Excepcionalmente, el Comité Ejecutivo del CNAC podrá eximir el cumplimiento parcial de esta norma por razones de índole económica, técnica o de causa mayor.

El CNAC dictará las normas técnicas y operativas aplicables cuando el proceso de distribución y exhibición sea realizado a través de otros medios y modos de transmisión existentes o por existir, sin menoscabo de la competencia que a tal respecto pueda tener cualquier otro órgano o ente del Estado”.

Artículo 12. Se modifica el artículo 30 en términos siguientes:

Artículo 30. Se establece una cuota mínima anual de doce (12) semanas cine por pantalla, a los efectos del carácter preferencial de las obras cinematográficas venezolanas.

Toda obra cinematográfica venezolana tendrá garantizado su estreno con permanencia mínima de exhibición de dos semanas cine y su rotación en el territorio nacional. El CNAC mediante normas operativas establecerá los mecanismos que permitan el reestreno de obras cinematográficas venezolanas de destacada relevancia para la cinematografía nacional y la protección de la identidad cultural venezolana. 

Toda obra cinematográfica extranjera de interés artístico y cultural certificada por el CNAC, tendrá garantizado su estreno y una permanencia mínima de exhibición de una semana cine, basado en el principio de reciprocidad.

La exhibición cinematográfica en el territorio nacional deberá regirse por las condiciones siguientes:

a.    El productor, el distribuidor y el CNAC acordarán el plan de lanzamiento de las obras cinematográficas venezolanas a estrenar en las salas de cine del país, en concordancia con la cuota mínima anual de pantalla prevista en esta Ley.

b.    La cifra de continuidad de la obra cinematográfica venezolana, a partir de su tercera semana cine será el sesenta por ciento (60%) del promedio de la sala, excluyendo de dicho cálculo las funciones de matiné y medianoche.

c.    Las obras cinematográficas extranjeras de carácter independiente o alternativo, de relevante calidad artística y cultural, certificadas por el Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC), tendrán una cifra de continuidad  del 85% del promedio de la sala a partir de su segunda semana cine, excluyendo de dicho cálculo las funciones de matiné y medianoche.

d.    La rotación territorial y el traslado de una pantalla a otra de las obras cinematográficas nacionales o de obras cinematográficas extranjeras de carácter independiente o alternativo, de relevante calidad artística y cultural, certificadas por el Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC) solo procederá previo acuerdo entre el productor, el exhibidor y el distribuidor. El Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC) deberá aprobar dicho acuerdo.

e.    Ninguna obra cinematográfica podrá ocupar simultáneamente más del veinte por ciento (20%) del total de las salas existentes en el país”.

Artículo 13. Se modifica el artículo 31 en los términos siguientes:

Artículo 31. Las personas naturales o jurídicas que se dediquen a la distribución de obras cinematográficas en el territorio nacional, tienen la obligación de distribuir un mínimo de un treinta por ciento (30%) de obras cinematográficas venezolanas, del total de las obras a ser distribuidas en cada año fiscal.

En caso de insuficiencia de obras cinematográficas nacionales se cumplirá la cuota establecida con obras cinematográficas extranjeras independientes de relevante calidad artística y cultural, certificadas por el CNAC, priorizando las obras provenientes de Latinoamérica y el Caribe, basado en el principio de reciprocidad. El Cronograma Anual de Estrenos Cinematográficos Nacionales que coordina el CNAC conjuntamente con los productores y distribuidores nacionales servirá de base para el cumplimiento de este artículo”.



Artículo 14. Se modifica el artículo 35 de la forma siguiente:

Artículo 35. Los responsables de las salas de exhibición cinematográficas, deberán llevar un control sobre las actividades realizadas y reportarlo diariamente al CNAC.
El CNAC determinará la información que deben contener los boletos y establecer las condiciones que deben cumplir los sistemas de venta utilizados por los exhibidores, pudiendo implementar un sistema informático sobre la venta de boletos para la recolección de información diaria de las entradas o boletos vendidos, en todas las salas de exhibición del territorio nacional”.

Artículo 15. Se modifica el artículo 50 en los términos siguientes:

Artículo 50. Se crea una contribución especial que pagarán las personas naturales o jurídicas cuya actividad económica sea la exhibición de obras cinematográficas en salas de cine con fines comerciales, al Fondo de Promoción y Financiamiento del Cine (FONPROCINE), equivalente al ocho por ciento (8%) en el año 2016; diez por ciento (10%) en el año 2017 y doce por ciento (12%) a partir del año 2018, del valor del boleto o billete de entrada.

La base de su cálculo, será la cifra neta obtenida de restar del monto total del boleto o billete, la cantidad que corresponda al impuesto municipal por ese rubro.

Las personas naturales o jurídicas que dediquen un mínimo de sesenta por ciento (60%) de su programación mensual en salas alternativas y/o independientes a la exhibición de obras cinematográficas nacionales y obras cinematográficas extranjeras de relevante interés artístico y cultural certificadas por el CNAC, quedan exentos del cumplimiento de la respectiva obligación.

El CNAC otorgará el certificado correspondiente a los fines de la aplicación del beneficio establecido en este artículo.

La contribución especial se autoliquidará y deberá ser pagada dentro de los primeros quince (15) días del mes siguiente, en el que efectivamente se produjo el hecho imponible”.

Artículo 16. Se modifica el artículo 51 de la forma siguiente:

Artículo 51. Las empresas que presten servicio de televisión de señal abierta con fines comerciales, pagarán al Fondo de Promoción y Financiamiento del Cine (FONPROCINE), una contribución especial, calculada sobre los ingresos brutos percibidos por la venta de espacios para publicidad, que se liquidará y pagará de forma anual dentro de los primeros cuarenta y cinco días continuos del año calendario siguiente a aquel en que se produjo el hecho gravable, con base en la siguiente tarifa, expresada en unidades tributarias (UT):

Por la fracción comprendida desde 10.000 UT hasta 29.999 UT.........1 %
Por la fracción comprendida desde 30.000 UT hasta 69.999 UT.........2 %
A partir de 70.000 UT………………………………………………..……..3 %

La presente disposición no se aplicará a las empresas que presten servicio de televisión de señal abierta con fines exclusivamente educativos y culturales”.

Artículo 17. Se modifica el artículo 52 en los términos siguientes:

Artículo 52. Las empresas que presten servicio de difusión de señal de televisión por suscripción con fines comerciales, sea éste por cable, por satélite, por Internet o por cualquier otra vía creada o por crearse, pagarán al Fondo de Promoción y Financiamiento del Cine (FONPROCINE), una contribución especial del tres por ciento (3%) de la facturación mensual por suscripción de ese servicio, que se liquidará y pagará de forma trimestral dentro de los primeros quince días continuos al vencimiento del lapso en que se produjo el hecho imponible”.

Artículo 18. Se modifica el artículo 53, el cual queda redactado en la forma siguiente: 

Artículo 53. Los distribuidores de obras cinematográficas con fines comerciales, pagarán al Fondo de Promoción y Financiamiento del Cine (FONPROCINE) una contribución especial, equivalente al diez por ciento (10 %) de la renta neta obtenida por esa actividad económica, exigible de forma anual, dentro de los primeros cuarenta y cinco días continuos siguientes al vencimiento del año respectivo.
Los ingresos obtenidos por la distribución de obras cinematográficas nacionales y obras cinematográficas extranjeras de relevante interés artístico y cultural certificadas por el CNAC, quedan exentos de esta contribución especial”.

Artículo 19. Se modifica el artículo 54 en los términos siguientes:

Artículo 54. Las personas naturales o jurídicas que se dediquen al alquiler o venta de obras cinematográficas fijadas a cualquier soporte digital existente o por existir, pagarán al Fondo de Promoción y Financiamiento del Cine (FONPROCINE), una contribución especial, equivalente al diez por ciento (10%) de su facturación mensual, sin afectación del impuesto al valor agregado correspondiente, exigible dentro de los primeros quince días continuos siguientes al mes de la ocurrencia del hecho imponible”.

Artículo 20. Se deroga el artículo 55

Artículo 21. Se modifica el artículo 56, que pasa a ser el artículo 55, el cual queda redactado de la siguiente manera:

Artículo 55. Las empresas que se dediquen a los servicios de producción, servicios técnicos, tecnológicos, logísticos y a la producción de obras cinematográficas y/o audiovisuales en el territorio nacional pagarán dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes al vencimiento del ejercicio fiscal al Fondo de Promoción y Financiamiento del Cine (FONPROCINE), una contribución especial sobre los ingresos brutos anuales de la forma siguiente:

Por la fracción comprendida desde 10.000 UT hasta 29.999 UT........0,5 %
Por la fracción comprendida desde 30.000 UT hasta 69.999 UT…........1 %
A partir de 70.000 UT………………………………………………..…..…..2 %

Artículo 22. Se modifica el artículo 57, que pasa a ser el artículo 56, el cual queda redactado de la siguiente manera:

Artículo 56. Los contribuyentes del impuesto sobre la renta que realicen inversiones o donaciones a proyectos cinematográficos de producción o coproducción venezolana autorizados por el CNAC, podrán deducir de la renta bruta en la determinación de la obligación correspondiente al periodo gravable en que se realice la inversión o donación, los montos que no superen el diez por ciento (10%) de la misma, siempre que esos montos no excedan de la renta neta calculada antes de haberla deducido, en la proporción siguiente: Diez por ciento (10%), cuando la renta neta no exceda de diez mil unidades tributarias (10.000 U.T.); y el ocho por ciento (8%), por la porción de renta neta que exceda de diez mil unidades tributarias (10.000 U.T.). Sin menoscabo de lo establecido en la Ley de Impuesto Sobre la Renta.

El CNAC establecerá los términos y requisitos para otorgar este beneficio fiscal y expedirá una certificación de inversión o donación, según corresponda a los fines fiscales pertinentes. El beneficio, en ningún caso, será otorgado a cine publicitario o propagandístico.
Las inversiones o donaciones aceptables para efectos de lo previsto en este artículo podrán realizarse en servicios cuantificables en dinero.

Parágrafo Único: El monto total de los tributos efectivamente pagados establecidos en la presente Ley serán deducibles del Impuesto Sobre La Renta”.

Artículo 23. Se suprime al artículo 58.

Artículo 24. Se modifica el artículo 59, que pasa a ser el artículo 57 en los términos siguientes:

Artículo 57. Los contribuyentes de las obligaciones tributarias establecidas en esta Ley, quedarán exentos hasta en un treinta por ciento (30 %) del monto de su obligación, siempre que esos montos sean destinados a la coproducción de obras cinematográficas nacionales independientes no publicitarias o propagandísticas aprobadas por el CNAC y que tales aportes hayan sido previamente aprobados por el Comité Ejecutivo del CNAC”.

Artículo 25. Se suprime el artículo 60.

Artículo 26. Se modifica el artículo 61 que pasa a ser el artículo 58 en los términos siguientes:

Artículo 58. Los exhibidores cinematográficos, podrán obtener, por pantalla, una rebaja de la contribución especial a su cargo, cuando exhiban obras cinematográficas venezolanas, que sobrepasen las cuotas establecidas en el artículo 30 de esta Ley, conforme a los siguientes rangos:

De trece (13) a veinte (20) semanas un descuento del veinticinco por ciento (25%).

De veintiuno (21) a veintiocho (28) semanas un descuento del cincuenta por ciento (50%).

De veintinueve (29) semanas en adelante un descuento del setenta y cinco por ciento (75%).

Parágrafo Único: En el caso de las obras cinematográficas extranjeras de interés artístico y cultural certificadas por el CNAC, se aplicará el beneficio de acuerdo a los siguientes rangos:

De tres (3) a cuatro (4) semanas un descuento del quince por ciento (15%).

De cuatro (4) semanas en adelante un descuento del veinticinco por ciento (25%)”.

Artículo 27. Se modifica el artículo 62, que pasa a ser el artículo 59 el cual queda redactado de la manera siguiente:

Artículo 59. Los distribuidores cinematográficos podrán deducir de la contribución especial causada en el periodo fiscal hasta un veinticinco por ciento (25%), cuando hayan  distribuido para salas de cine en Venezuela, obras cinematográficas venezolanas efectivamente exhibidas en un porcentaje superior al que fije la Ley.
El CNAC establecerá los términos y requisitos para otorgar este beneficio fiscal y expedirá la certificación correspondiente”.



Artículo 28. Se modifica el artículo 64, que pasa a ser el artículo 61 en los términos siguientes:

Artículo 61.  A los efectos de la aplicación de la sanción por incumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 24 de esta Ley, el funcionario competente del Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC), levantará un acta con indicación precisa y detallada de las fallas observadas, en la que se emplazará al responsable a corregirlas, otorgándole un plazo de quince días hábiles para hacerlo, salvo que por su naturaleza requieran de un tiempo mayor, para lo cual el interesado solicitará autorización al Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC), que deberá pronunciarse en los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud.
Vencido el plazo sin que se hubiesen subsanado las deficiencias, se impondrá una multa de doscientas unidades tributarias (200 U.T.) en la primera infracción, en caso de reincidencia, la multa se incrementará en un cien por ciento (100%).

Quien incumpla las obligaciones establecidas en el artículo 27 de esta ley,  será sancionado con multas de 300 U.T. a 600 U.T. si se trata de los literales a), f) y g); con multas de 800 U.T. a 1.600 U.T. si se trata del literal b); con multa de 700 U.T. a 1.400 U.T. si se trata de los literales c), d) y e).

El Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC), podrá ordenar colateralmente la clausura temporal de la sala. La sanción de clausura aquí prevista, se extenderá hasta tanto el infractor cumpla con las respectivas obligaciones, notifique al Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC) la regularización de la situación que dio origen a la sanción y éste realice la respectiva verificación”.

Artículo 29. Se modifica el artículo 65, que pasa a ser el artículo 62 en los términos siguientes:

Artículo 62. El incumplimiento por parte del exhibidor de las disposiciones establecidas en el artículo 30 de esta Ley, será sancionado con una multa de mil unidades tributarias (1000 U.T.) a dos mil unidades tributarias (2000 U.T.).

En el caso del distribuidor el incumplimiento de lo establecido en el artículo 31 de esta Ley, será sancionado con multa desde  mil quinientas unidades tributarias (1500 U.T.) hasta tres mil unidades tributarias (3000 U.T.).

Las  sanciones aquí establecidas  se aplicarán  de acuerdo a la gravedad del hecho y las circunstancias que se observen en el momento de la infracción, garantizando al infractor el debido proceso”.

Artículo 30. Se modifica el artículo 67, que pasa a ser el artículo 64 el cual queda redactado de la manera siguiente:

Artículo 64. El incumplimiento de lo establecido en el artículo 35 de esta Ley, será sancionado con multa de ciento cincuenta unidades tributarias (150 U.T.) por cada día de incumplimiento hasta un máximo de treinta (30) días”.

Artículo 31. Se modifica el artículo 70 que pasa a ser el artículo 67 en la forma siguiente:

“Artículo 67. El Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC), de oficio o a solicitud de parte interesada, podrá ordenar un procedimiento administrativo para corroborar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 29 de la presente Ley, e impondrá,  en caso de incumplimiento,  una multa de mil quinientas unidades tributarias (1.500 U.T.) a tres mil unidades tributarias (3.000 U.T.)”.

Artículo 32. Se incorpora el artículo 68 el cual queda redactado de la manera siguiente:

“Artículo 68.Las  sanciones aquí establecidas  se aplicarán  de acuerdo a la gravedad del hecho y las circunstancias que se observen en el momento de la infracción, garantizando al infractor el debido proceso.
En todos los casos se observarán las circunstancias atenuantes o agravantes.

Se consideran circunstancias agravantes, las siguientes:

a.    La reincidencia y la reiteración.

b.    La resistencia o reticencia del infractor para esclarecer los hechos.

c.    La gravedad del acto, hecho u omisión que comprometa la responsabilidad del infractor.

d.    La magnitud del perjuicio causado.

e.    El haber sido advertido acerca de la irregularidad del acto, hecho u omisión por el que se comprometió su responsabilidad.

Se consideran circunstancias atenuantes, las siguientes:

a.    No haber sido objeto de alguna de las sanciones establecidas en la Ley.

b.    El cumplimiento de los requisitos o acciones que puedan dar lugar a la imposición de las acciones

c.    La cesación inmediata del supuesto que originó la infracción

Artículo 33. Se modifica el artículo 71 que pasa a ser el artículo 69 el cual queda redactado de la forma siguiente:

“Artículo 69.Los procedimientos administrativos sancionatorios que inicie el Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC), de conformidad con esta Ley, se rigen por los principios de celeridad, eficacia, economía e inmediación.
 Los procedimientos se iniciaran por denuncia de parte interesada o de oficio.
 La consultoría jurídica del Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC), abrirá el procedimiento mediante auto motivado, siguiendo las reglas establecidas en la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos.
 Seguidamente, se ordenará en el mismo día la notificación de los infractores o denunciados, según corresponda, para que al tercer día hábil siguiente de practicada la notificación se dé contestación al Acta, o se presenten los descargos correspondientes. A continuación, se abrirá un lapso de pruebas de cinco días hábiles, vencido este lapso la consultoría jurídica presentará al quinto día hábil siguiente un proyecto de decisión al Comité Ejecutivo, quien tomará decisión dentro de los treinta días hábiles siguientes de su recibo, agotándose de esta forma la vía administrativa. Contra la Resolución se podrán ejercer los recursos jurisdiccionales, dentro de los treinta días hábiles siguientes, contados a partir de la notificación o publicación. 


La interposición del Recurso no suspende los efectos del acto.

"Desde allá" en Festival de San Sebastián

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La ganadora del Festival de Venecia ahora presente en otro evento importante
La segunda parada del recorrido internacional de la película venezolana  Desde Allá  será en España. La ópera prima de Lorenzo Vigas fue incluida en la sección  Horizontes Latinos” de la edición 63 del Festival Internacional de Cine de San Sebastián, una categoría que destaca y exhibe los mejores largometrajes del año dirigidos por latinoamericanos. Así fue anunciado por los organizadores del evento, que se realizará entre el 18 y el 26 de septiembre.
 Desde Allá, ganadora del León de Oro del Festival de Venecia ,  competirá en “Horizontes Latinos”, una de las secciones más importantes del certamen, que reúne 14 producciones de Argentina, Brasil, Colombia, Cuba, Chile, Guatemala, México, Perú y Venezuela que han competido o han sido estrenadas en otros festivales. El filme se medirá junto a destacados títulos como  Chronic del mexicano Michel Franco, que obtuvo el Premio al Mejor Guión en el Festival de Cine de Cannes 2015;  El Club dirigido por el chileno Pablo Larraín, que se alzó con el Oso de Plata (Gran Premio del Jurado) en la reciente edición del Festival de Cine de Berlín; e  Ixcanul  del guatemalteco Jayro Bustamante, quien fue galardonado con el Premio Alfred Bauer en el mismo festival alemán, entre otras cintas.
La ópera prima de Vigas llegará a San Sebastián a pocos días de su exitoso paso por la edición 72 del Festival Internacional de Cine de Venecia, el evento cinematográfico más antiguo y uno de los tres más importantes del mundo, que se realizó del 2 al 12 de septiembre. Por primera vez en siete décadas de historia de este encuentro, una película criolla fue admitida en la Selección Oficial en Competencia. En esta oportunidad,  integró la categoría junto a 20 largometrajes que optarán por el premio principal de la jornada: el León de Oro, el cual ganó.
El Festival Internacional de Cine de San Sebastián es un certamen “Clase A” certificado por la Federación Internacional de Asociaciones de Productores Cinematográficos (FIAPF). Hace dos años, la cineasta venezolana Mariana Rondón, directora del filme  Pelo Malo,  se convirtió en la cuarta mujer en ganar la Concha de Oro a la mejor película de la competencia, y la primera latinoamericana en hacerlo.
 Desde Allá presenta la historia Armando, un homosexual de mediana edad que lleva jóvenes adolescentes a su casa ofreciéndoles dinero. Pero no los toca, solo los observa desde una estricta distancia. Al mismo tiempo sigue a un hombre mayor con quien parece haber tenido una relación traumática del pasado. El encuentro violento con un joven ladrón callejero, Elder, despierta en Armando una fuerte atracción hacia este guapo adolescente. Atraído en un principio por el dinero, Elder sigue frecuentando a Armando hasta que una inesperada intimidad nace entre ellos. El filme es protagonizado por el reconocido actor chilero Alfredo Castro (Armando) y el venezolano Luis Alejandro Silva (Elder), quien asume su primera protagonización en la gran pantalla.
La película fue producida por Rodolfo Cova de Factor RH,  junto a Lorenzo Vigas y los mexicanos Guillermo Arriaga (Amoresperros,  Babel,  21 gramos) y Michel Franco (Después de Lucía). Además, la producción ejecutiva estuvo respaldada por el venezolano Edgar Ramírez y contó con el apoyo para el financiamiento del Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC).
El Festival de San Sebastián abrirá el 18 de septiembre con el estreno mundial del filme  Regresión, el sexto largometraje de Alejandro Amenábar protagonizado por figuras como Ethan Hawke, Emma Watson y David Thewlis. También se presentará  Black Mass , la última propuesta de Scott Cooper protagonizada por Johnny Depp, así como  Irrational Man de Woody Allen (fuera de competencia) y  London Road del británico Rufus Norris, que luego de pasar por el Festival Internacional de Cine de Toronto cerrará el certamen español.






El teatro evoca al bolerista Felipe Pirela

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Un zuliano que triunfó y murió muy joven.
A 43 años  de su rocambolesco asesinato en un callejón de San Juan de Puerto Rico, Felipe Pirela no ha sido olvidado y una prueba son los 2500 espectadores que aplaudieron las 10 funciones del espectáculo de Paúl Salazar Rivas en el teatro Bolívar de Caracas.
Ese remontaje de la tragicómica pieza La última voluntadde Felipe Pirela,denuncia como la homofobia mata o desgracia  la vida a quienes no aceptan pautas de conducta y optan por degustar lo prohibido. Permitió, una  vez más,  ponderar el recurso de hacer teatro dentro del teatro y disfrutar así de cuatro personajes-pacientes, de un psiquiátrico de Puerto Rico, quienes, en la época actual,  representan la historia de Felipe; saga elaborada con secretos a voces, éxitos, traiciones, discriminación e intolerancia los cuales reconstruyen la pasión y el calvario del bolerista, encarnado por el correctísimo vocalista Jorge Velázquez, quien interpreta algunos de sus éxitos; sus interpretaciones son como un bálsamo, mientras los actores-locos (Aura D’Arthenay, Carlos Minoves, Jonathan Urrea y Karla Pravia) recrean el drama del cantante, quien no tuvo un sensato asesor o manager para cuidarse de la ignominia y del acoso que le hacían.
Felipe Pirela (Maracaibo, 1941) era bisexual y para bajarle el volumen a lo que decían en la calle y especialmente desde los periódicos y revistas de Venezuela, se casó, a los 23, con una menor  de edad (ella de 14). Fue peor el remedio que “la enfermedad”. Dos años después lo divorcian –según reza en el documento legal- por “homosexualidad, lesiones personales y privación de libertad”. Venezuela era otra y las tribus, como la de “David”, impartían justicia. De ahí en adelante su existencia fue dando tumbos, estimulada por  falsos amigos, amores estériles, alcohol y drogas, hasta que lo mataron en  la madrugada del 2 de junio de 1972.
Él había pedido a sus amigos que si le pasaba algo no quería que lo sepultaran en Venezuela porque aquí le habían desgraciado su existencia. Su familia lo sembró en el Zulia el 5 de julio de 1972, desechando así su última voluntad.Paúl Salazar Rivas ha replanteado artíscamante la cruda historia del gran bolerista.

Ahora Felipe Pirela también resucitará en el  cine y será durante el próximo diciembre cuando lo muestre el director  Diego Risquez.

La homofobia sabe a fresa con chocolate

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Desde la década de los 90 se muestra lo que es la discriminación contra los gais en el Caribe
Mientras el cine venezolano denuncia y fustiga a la homofobia con sus peliculas y las lleva a los festivales internacionales, donde además gana premios de prestigio, nuestro teatro también lo hace, o lo prosigue haciendo porque así lo comenzó Isaac Chocrón, en 1971, con esa pieza icónica que es  La revolución, puesta en escena por Román Chalbaud.
No es gratuito, pues, que en este siglo  los films criollos  Azul y no tan rosa  de Miguel Ferrari (2012),  Pelo malo de Mariana Rondón (2013), y ahora  Desde allá de Lorenzo Vigas (2015) sean un triángulo de oro cultural y mediático  contra una de las más feroces discriminaciones, la homofobia.
El Grupo Actoral 80 (GA80), con su líder  Héctor Manrique a la cabeza, ingresó oportunamente a la liza anti homofóbica con su excelente espectáculo teatral  Fresa y chocolate, del cubano Senel Paz (1950).  Muy bien actuado por Daniel Rodríguez, Juan Vicente Pérez y Wadih Hadaya, y con la pulcra producción de Carolina Rincón, el cual hace una temporada en el teatro Trasnocho Cultural. 
HOMBRE NUEVO
El guión teatral de  Fresa y chocolate - nació del cuento  El lobo, el bosque y el hombre nuevo de Senel Paz, premiado en el concurso Juan Rulfo de 1990, y después se hizo cine (1994)  gracia a los directores Tomás Gutiérrez Alea y Juan Carlos Tabío- plasma  la cruda realidad social de la Cuba revolucionaria, durante varias décadas del siglo XX. Revela la relación de  amistad que brota y se establece entre Diego, artista gay que cree en la libertad y trata de ejercerla, y David, estudiante universitario cargado de prejuicios en contra de la homosexualidad, quien además sigue las orientaciones del régimen castrista. La personalidad racional y desenfadada y tierna de Diego penetra y conquista  finalmente la mentalidad del revolucionario David, quien reevalúa sus concepciones no solo de la homosexualidad, sino también sobre lo que significa ser un auténtico revolucionario, a pesar de su homofóbico compañero Miguel quien planea utilizarlo para espiar a Diego, persona a quien el régimen considera "aberrante y peligrosa”. El desenlace es el  nacimiento  de una fuerte amistad entre Diego y David, quienes se separan porque el artista gay sale de la isla en pos de otras metas.
No tiene la obra teatral Fresa y chocolate un final edulcorado ni nada que se le parezca, solo una propuesta para que el público analice y asuma una posición, porque sí  entre los antiguos romanos, griegos, chinos y egipcios la homosexualidad  era solo una manifestación más de la sexualidad  del ser humano, sin calificativos ni otra relevancia, las religiones judeocristianas y la era moderna hicieron cambiar tal situación, hasta castigar, censurar y prohibir tal expresión, por intermedio de la homofobia, que puede incluso llevar a la cárcel o a la muerte. En Cuba el odio ha disminuido porque incluso el comandante Fidel Castro admitió que su régimen se excedió y hasta una sobrina suya, Vilma Castro Espín, ahora es líder y defensora de los derechos de los LGTB.
TALENTOS VENEZOLANOS
El montaje venezolano que deja sin aliento al público por la veracidad de su representación, exalta el talento que como sobrio puestista y director de actores tiene Manrique y las notables condiciones que han desarrollado Rodríguez, Pérez y Hadaya. ¡Verlo es decir no a la homofobia!
Hay que recordar a los espectadores que aunque la homofobia está prohibida en Venezuela, según la Carta Magna de 1999, es una enfermedad psicosocial tan enraizada no solo en la comunidad venezolana, que pasarán muchas generaciones hasta que el respeto hacia los demás sea norma de vida, y son precisamente las artes, como el cine y el teatro,  y la educación desprejuiciada las herramientas para lograrlo.
Y es por  todo eso que Manrique y el GA 80 han escenificado  Fresa y chocolate. Ellos creen y manifiestan que “la razón fundamental  para montar esta obra es que en la sumatoria de todas las voluntades estará la solución de nuestros problemas como sociedad, en  Fresa y chocolate  se ejemplifica como la marginación sólo lleva a la fractura íntima y pública del hombre y esas fracturas y desarraigos llevan al empobrecimiento de las personas”.  Y reiteran que “el amor es una fuerza modificadora. Creemos  que si hay algo que le está haciendo falta a nuestra sociedad es el respeto a la vida, a las ideas de los demás, porque nos enriquecen”.
CRIMEN DE ODIO
A buena hora, el teatro y el cine criollos tercian y acentúan  su presencia en la lucha  que se libra en  el mundo contra  ese crimen de odio que es la homofobia; enfermedad psicosocial que se caracteriza por tener una profunda aversión hacia los homosexuales, otra más de las manifestaciones del fascismo. Conocen los teatreros que el mundo se divide entre países que persiguen la homosexualidad y los que reconocen y amparan los derechos de gays y lesbianas, pero que en unos y otros persiste el odio hacia las relaciones íntimas entre seres del mismo sexo. Y por eso  que todos los hacedores de las artes escénicas están en combate.
GRAN VIGENCIA
En Cuba celebran aún el 20 aniversario del estreno de la película   Fresa y Chocolate ,la cual puso a los cubanos frente a sus propios prejuicios sexuales. A pesar de esto, su protagonista, Jorge Perugorría, aseguró al diario español   Públicoque el estreno del film fue mágico, porque conectó con los espectadores desde el mismo día en que se presentó en el Festival de Cine de la Habana. Perugorría recuerda que entonces "éramos conscientes de que estábamos haciendo una película necesaria y ese era nuestro combustible", pero agrega que muchas veces se preguntaban si semejante crítica sería puesta en los cines. Incluso cuando presentábamos la película en Europa, en EEUU, en Japón, la gente se asombraba de que hubiéramos podido hacerla en Cuba. Rompió esquemas y demostró que Cuba estaba llena de contradicciones, de personas que pensaban diferente, practicaban religiones distintas, y, aunque tuvieran sus problemas, esa gente existía y constituían una sociedad llena de matices. Lamentablemente la película tiene todavía mucha vigencia en aspectos que uno quisiera que fueran cosas del pasado. Este país está inmerso en cambios pero todavía debemos seguir aprendiendo de “Fresa y Chocolate”. Aún no hemos llegado como sociedad a ese abrazo final de Diego y David, esa reconciliación respetando las diferencias entre dos personas que piensan distinto pero que pueden convivir e incluso ser amigos".


Golpe y contragolpe son para abril del 2016

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Más de 100 actores de teatro y cine participan en "Abril,la película"
Avanza a paso de vencedores artísticos la post producción de Abril, la película, tercer largometraje del cineasta José Antonio Varela, el cual está basado en el libro Abril Golpe Adentro del periodista y escritor Ernesto Villegas. Y si todos los cálculos salen bien, en abril de  2016 será su estreno.
Abril, la películaplasma los hechos de los tres días más convulsionados de la historia política de los últimos quince años de nuestro país, del 11 al 13 de abril de 2002,  días de llanto por dolor e indignación; y de llanto con alegría, en los cuales se consumó un golpe de Estado, que fue sorprendentemente revertido por la acción conjunta del pueblo y de la Fuerza Armada.
El guión, a cargo de Luis Alberto Lamata, José Luis Varela y el propio José Antonio Varela, toma al libro Abril Golpe Adentro de Villegas, como brújula fundamental para conocer y navegar cronológicamente los hechos. Destaca en la tarea investigativa desarrollada por los guionistas, la revisión exhaustiva de decenas de documentos bibliográficos, hemerográficos y  documentales hasta ahora producidos; así como la realización de entrevistas y la reflexión sobre sus propias historias vividas, con el fin de reconstruir lo ocurrido desde distintas voces, vivencias y visiones; para dar cuenta de las conspiraciones que se entrecruzaron esos días de abril.
En 110 minutos, Abril, la películapresentará las distintas intrigas que tuvieron lugar en las horas del golpe, para lo cual contará con las actuaciones de más de 100 actores y actrices, entre las cuales destacan: Adolfo Nittoli, Alberto Alifa,  Alberto Rowinski, Aníbal Grunn, Antonio Cuevas, Alejandra Rojas, Alejandro Palacios, Arnaldo Mendoza, Aura Rivas, Carlos Arroyo, Carlos Martínez,  Carlos Torres, Costa Palamides, Daniela Leal, Francisco Denis, Frank Wiese, Hernán González, Irabé Séguias, Israel Moreno, Jesús Carreño, José Gregorio Franquiz, Juan Longa, Julio César Castro, Kenia Carpio, Luis Domingo González, Luis Vicente González,  Ludwig Pineda, María Alejandra Rojas, Marlon Sanabria, Marvin Huise, Rafael Gil, Rubén León,  Sebastián Falco, Vanessa Morr, Will Saballo, William Escalante, entre otros, quienes pondrán su talento para presentarnos en voz coral la obra colectiva de un pueblo.
Abril, la película logró convocara  destacados profesionales de la creación cinematográfica y audiovisual como son: Antonio García en la Dirección de Fotografía, Yuruani Rodríguez en la Dirección de Arte, Ignacio Márquez a cargo de la Dirección de Casting, Eleazar Moreno en el Sonido y el maestro Chuchito Sanoja en la Música. A su vez, en la Producción Ejecutiva está Alejandro Medina y en la Dirección de Producción Marco Mundaraín. Abril, la película, es una producción de Divarte Cine Comunicación Visual.
Es importante mencionar que el guión de Abril la película tuvo año y medio de investigación, debate y escritura por Luis Alberto Lamata, José Luis y José Antonio Varela. El cineasta y guionista José Antonio Varela estuvo a cargo de la Dirección, y le acompañaron: Antonio García en la Dirección de Fotografía, Yuruani Rodríguez en la Dirección de Arte, Ignacio Márquez como Coach de actores y a Eleazar Moreno en la Dirección de Sonido. A su vez, en la Producción Ejecutiva estuvo Alejandro Medina, Marco Mundaraín en la Dirección de Producción y Lorena Almarza en el área de Comunicaciones.
 PEDRO CARMONA
 Aníbal Grunn hizo parte del “trabuco” de actores que Abril la película logró convocar para recrear los hechos ocurridos en el país en abril de 2002, durante el golpe de Estado. 
Aníbal, tiene 50 años dedicados al mundo del teatro. Es actor de teatro, radio, cine y televisión, director y escritor de teatro y profesor de actuación. Nació en Bahía Blanca, Argentina y allí estudió en la Escuela Municipal de Teatro. Llegó a tierra venezolana a mediados de los años setenta, y acá se quedó. Ha dedicado su vida con profunda entrega y militancia a la creación, contribuyendo de manera consecuente al desarrollo cultural de nuestro país. Formó parte de la Fundación Rajatabla durante casi una década, fue  coordinador,  fundador y profesor del Taller Nacional de Teatro (TNT), y actualmente es integrante de la Compañía Regional de Teatro de Portuguesa. A su vez, ha dirigido más de 80 obras, participando como actor en más de cien y como dramaturgo tiene más de 30 obras escritas. Su talento ha sido reconocido a través de distintos premios y reconocimientos a nivel internacional.
Para  Aníbal su experiencia en  Abril, la película le permite afirmar “que es la película más importante debido a que recrea el hecho político más importante de los últimos años de la historia del país”.  En relación al personaje que interpreta, Pedro Carmona, refiere: “no se trata de imitar a nadie sino de sentir como él sintió, se trata de pensar como él pensó (…) fuimos descubriendo la soberbia, la arrogancia, el delirio de poder (…)”. Y remata su entrevista comentando “cuando uno ama un país no hace eso”, refiriendo la conjura de abril de 2002 para dar un golpe de Estado.
IRABE SEGUIAS
La actriz, profesora, locutora y conductora de los programas radiales “Somos Cine” y “Cultura y algo más”, Irabé Seguías comparte en esta entrevista su experiencia actoral y humana en Abril la película. Nos cuenta que su historia es “como una gran paradoja”, pues como ciudadana le tocó vivir Miraflores el 11 de abril desde la tarima, y años más tarde le toca representar a Iris Varela en el mismo lugar. Relata también que “el 13 de abril estaba en la calle como muchos venezolanos”.
A su juicio, el guión de dicha producción fue muy respetuoso con el libro Abril Golpe Adentro del periodista y escritor Ernesto Villegas y fundamentalmente con “la historia contemporánea”. Igualmente señala que “es un capítulo importante que debe ser contado y que debe ser contado ahora”. Considera que “es un acierto y una necesidad tener este tipo de tema en la oferta del cine nacional”. En relación al personaje que interpreta, Iris Varela, la comandanta Fosforito, refirió su admiración por su carácter aguerrido.
Para la profesora y actriz, los artistas y creadores tienen un importante rol en la sociedad, “se trata de tener la responsabilidad de ser político y no de politiquería”. Destaca igualmente el momento estelar que vive el cine venezolano como producto de la acción de un Estado que acompaña y fomenta el talento.
Irabé es Licenciada en Educación, mención Desarrollo Cultural. Actriz egresada del Taller Nacional de Teatro de la Fundación Rajatabla y cuenta con más de 20 años en la actuación. Ha trabajado con importantes compañías de teatro nacionales y a su vez ha representado al país en diferentes festivales internacionales de cine y teatro. En cine ha participado en los cortometrajes El Chancecito de Efterpi Charalambidis, La Uva de Alexandra Henao, así como en El Tinte de la Fama y El Rumor de las Piedras de Alejandro Bellame, Er relajo der Loro de John Petrizzelli. Ha sido galardonada con el Premio TIN (Teatro Infantil Nacional), mención: mejor actriz en 2006; Águila de San Martín como actriz de reparto en 1998; Premio ANAC, mención: actriz principal en 2006; Mejor Actriz en Festival de Cortos de Caracas, Chorts 2009; Mejor Actriz en Premio Municipal de Cine de Caracas en 2010; Mejor Actriz en Premio Festival Internacional de Bahía, Brasil 2010.
EL GRAN TRAICIONADO
Luis Domingo González actor, director y docente de teatro nos habla brevemente sobre Abril,la película, su personaje y la relevancia de los hechos de abril 2002. A su juicio, el personaje que interpreta, nada menos que Carlos Ortega, fue “el gran traicionado”, pues luego de haber participado activamente en la conspiración junto a empresarios, militares y el clero, el día que la oposición tomó el poder lo dejó de lado.
En relación a ésta producción y a los acontecimientos de abril de 2002 señaló “definitivamente es un hecho que marcó la historia de Venezuela, así como fue la ascensión de Chávez al poder”. 
A su juicio, “fue un momento inédito lo que ocurrió entre el 11 y el 13 de abril”, razón por la cual se considera privilegiado al haber participado en éste largometraje.
Luis Domingo se ha desempeñado como actor y director desde el año 1977 es egresado del
Instituto Universitario de Teatro, actual Universidad Nacional Experimental de las Artes e igualmente, es docente y autor de textos teatrales. Como actor ha participado en más de cien
obras con diferentes agrupaciones entre las cuales destacan: Rajatabla, Centro de Directores para el Nuevo Teatro, Urbe, Contrajuego, Texto Teatro, entre otros. Como director ha realizado su labor en el Centro de Directores para el Nuevo Teatro, diversos núcleos del sistema Teatro Nacional Juvenil de Venezuela, Niños Actores de Venezuela, Fundación Teatro Teresa Carreño, Texto Teatro (Teatro San Martín de Caracas), llevando a escena más de ochenta producciones.
Su trabajo ha sido reconocido en territorio nacional a través de premiaciones, destacando su dedicación a la Dirección Teatral mediante el Premio Municipal de Teatro de Caracas durante los años 2010 y 2011. De igual modo, Colombia, Argentina, Chile, Perú, Bolivia, Ecuador, Guadalupe, República Dominicana, Costa Rica, México, Estados Unidos, España, Inglaterra, Francia, República Checa, Egipto y Japón, figuran entre los países donde ha tenido la oportunidad de mostrar su talento.

En esta entrevista, el actor y director nos cuenta que Abril, la película será un documento de gran valor en tanto, “va a rescatar esa memoria real, que no es una memoria de vencedores, es un documento imparcial, en relación a lo que ocurrió (…)”. Destaca a su vez, la importancia del largometraje a que mostrará “la fuerza de un pueblo organizado para volver al poder a un ser humano como lo fue Chávez”.

Asamblea Nacional recibió proyecto de reforma de la Ley de Cinematografía

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La pelicula "Desde Allá" inaugura otra etapa valiosa del cine venezolano.
El pasado miércoles 23 de septiembre de 2015, a las 11 AM, en la sede de la Comisión Permanente de Recreación y Cultura de la Asamblea Nacional (Piso 5,Edificio José María Vargas,  Esquina de Pajaritos) se realizó el acto protocolar de la entrega del Proyecto de Segunda Reforma Parcial de la Ley Nacional de Cinematografía, el cual estuvo presidido por la diputada Victoria Mata, vice-presidenta de la comisión antes citada.
El mencionado documento (se anexa copia) estaba suscrito por los voceros y representantes de Asociación Nacional de Autores Cinematográficos (ANAC), Cámara Venezolana de Productores de Películas (CAVEPROL), Asociación Venezolana de Productores de Películas (AVEPCA), Asociación Venezolana de Documentalistas (AVEDOC), Asociación de Fotógrafos Cinematográficos, Asociación de Editores Cinematográficos, Asociación de Escuelas de Cine y Televisión, Cámara de la Industria del Cine, Circuito Gran Cine y Asociación de Bienestar Social de los Trabajadores de Cine (ABICINE).
La voz cantante de los gremios ahí representados fue la del cineasta Carlos Azpúrua quien reiteró que se trataba de un acto verdaderamente revolucionario porque se trataba del “pueblo legislador”, quien asumía así la responsabilidad de entrega del documento para ser considerado en las sesiones de la Asamblea Nacional, antes de finalizar su período el próximo 15  de diciembre.
La diputada Mata al recibir el documento, y ponerle un sello, garantizó  que se lo entregaría  a los diputados y que pronto se comenzaría su estudio, ya que antes de cerrar el hecho deben hacerse las reformas solicitadas. Advirtió que si algún otro ciudadano o personalidad jurídica quería participar en  ese proceso legislativo aún estaban de tiempo de hacerlo.
LA REFORMA
A 21 años de la Ley de Cinematografía Nacional y a 10 años de su primera reforma, se discute la reforma parcial de dicho documento. Aquí insertamos dicho documento, el cual es largo, pero recomendamos paciencia al leerlo por su delicada importancia:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En 1994, mediante la aprobación de la Ley de Cinematografía Nacional por el Congreso de la República, la comunidad cinematográfica venezolana, que por décadas había luchado por tener un marco legal que reconociera la importancia cultural del séptimo arte y lo dotara de condiciones adecuadas para su desarrollo, vio plasmada esa aspiración de manera parcial, debido a la eliminación condicionada –producto de enormes presiones económicas y políticas nacionales e internacionales- de un artículo que hubiera permitido hace poco más de dos décadas, el financiamiento estable del sector. A pesar de ese cercenamiento, se consiguió un marco jurídico específico para el cine venezolano, y la creación de una institucionalidad concreta a través del Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC).

Con los exiguos recursos que en la década de los noventa fueron adjudicados al naciente CNAC por vía presupuestaria, fue posible apenas estimular tímidamente la producción de películas venezolanas, que en su conjunto, en esa década signada por las políticas de libre mercado, desaparición de los cines populares, desregulación y poca inversión en el sector, escasamente logró mostrar la cifra de poco menos de 3 millones y medio de espectadores en 10 años y un número bastante limitado de películas hechas en nuestro país.

La históricamente combativa comunidad cinematográfica venezolana, tras extensos y denodados esfuerzos de debate nacional, en el seno y con la participación activa del CNAC, impulsó desde inicios de la década del 2000, un texto de construcción colectiva, enfocado a dotar al cine venezolano de un marco legal más amplio, provisto de mayores y mejores mecanismos de protección y estímulo a la obra cinematográfica nacional, y ahora sí, dotado de un órgano adscrito al CNAC (Fondo de Promoción y Financiamiento del Cine-FONPROCINE) que fundado en el principio ciudadano de la corresponsabilidad, permitiera recibir de los distintos agentes económicos privados ligados al quehacer cinematográfico y audiovisual industrial, aportes económicos bajo la figura de contribuciones especiales.

Es así como, tras meses de productivo debate parlamentario, el 27 de Septiembre del 2005, la Asamblea Nacional, que para ese entonces presidia Nicolás Maduro, aprobó en el Palacio Federal Legislativo la Reforma de la Ley de Cinematografía Nacional (LCN), que fue publicada en la Gaceta Oficial N° 5.789, del 26 de octubre de 2005. Esta primera reforma de la LCN fue aprobada por unanimidad por las fracciones políticas que hacían vida en la AN y que fue expresión de una clara posición del Estado venezolano en torno a la necesidad de fortalecer el cine como arte e industria.

El próximo 27 de Septiembre se va a cumplir una década de la aprobación de ese instrumento legal, que ha sido fundamental para el importante desarrollo del cine hecho en Venezuela. La exigua cifra de poco menos de 3 millones y medio de espectadores de la década de los 90, contrasta notoriamente con los 17 millones de espectadores que prefirieron al cine venezolano en el período que coincide con la aplicación de la primera Reforma de la LCN, lapso signado por los más grandes avances en todas las áreas ligadas a la industria del cine nacional.

Sin esa reforma, es indudable que no habría existido una década tan exitosa para el cine venezolano.

En el período que va de 2005 a 2015, con la aplicación de la Ley de Cinematografía Nacional, ha sido posible incrementar notablemente la producción nacional, generar miles de empleos directos e indirectos, elevar notablemente los estrenos cinematográficos nacionales en pantalla, fomentar programas de formación de nuevas generaciones y entre otros muchos logros, financiar un creciente programa de bienestar social de los trabajadores y trabajadoras independientes, que hoy día protege a más de 600 integrantes de la comunidad cinematográfica del país y quienes en conjunto hacen posible la construcción de nuestro propio imaginario audiovisual.

Se han superado en estos 10 años de aplicación de la primera reforma de la Ley de Cine todos los récords históricos de producción, estrenos y premios internacionales que se habían conseguido en más de un siglo de cine en Venezuela, y por primera vez también, la cinematografía nacional ha logrado un financiamiento propio, en más de 90%, gracias a los aportes provenientes de FONPROCINE, descargando así al Presupuesto Nacional de recursos que ahora se destinan a otros sectores de la vida cultural venezolana.

No obstante, el crecimiento del cine nacional no puede detenerse y ante las nuevas realidades que impiden un mayor desarrollo, sumado  a metas crecientes que han de ser asumidas y a la necesidad de profundizar en los importantes avances conseguidos, se hace necesario el planteamiento de una Segunda Reforma a la LCN, que parta de la valiosa experiencia de los últimos diez años, con miras a superar las deficiencias y debilidades presentes en el vigente marco normativo cinematográfico.

Coincidente con esta necesidad de la comunidad cinematográfica nacional, hay que remarcar que el Decreto 1.391, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Cultura, publicado en Gaceta Oficial N° 6.154 del miércoles 19 de noviembre de 2014 ordena en su disposición transitoria número 1, la adecuación del resto del marco jurídico venezolano en materia cultural, dentro del cual se incluye la Ley de Cine.
El interés manifestado por el Ejecutivo Nacional desde sus más altos niveles por desarrollar el cine venezolano, lo que ha sido expuesto en muchas oportunidades en alocuciones públicas, en concordancia con el interés de todos los gremios vinculados a la comunidad cinematográfica nacional, manifestado  en 2014 en el marco del Foro del Cine Nacional, donde participaron cientos de integrantes de nuestra industria cinematográfica de todo el país, expresando masivamente la necesidad de la realización de modificaciones a la Ley de la Cinematografía Nacional en aspectos puntuales, que se presentan a continuación:

A) Del  Centro Nacional Autónomo de la Cinematografía y su relación con las demás Instituciones Cinematográficas:

1. Reconocimiento del carácter rector nacional del Ministerio con competencia en materia de cultura y del CNAC, como ente autónomo ejecutor de las políticas de los distintos procesos que componen la cinematografía: la creación, la producción, la formación, la investigación, la distribución, la exhibición, la conservación y la preservación, de conformidad con lo establecido en el artículo número 28 de la Ley Orgánica de Cultura.

B) Del Fomento Cinematográfico Nacional
1. Establecer con mayor claridad en la LCN los programas de fomento a la creación y la producción cinematográfica asumida ésta como expresión cultural objeto de protección estratégica y especial por parte del Estado venezolano, programas basados en el carácter colegiado y plural de su diseño, formulación y ejecución.
2. Prever la posibilidad de promover la constitución de Fondos Regionales de Cinematografía en las distintas entidades federales del país, que puedan ser integrados con los aportes de entidades públicas y privadas regionales y que cuenten con la asesoría y la coordinación del CNAC.
C) De La  Diversidad de la Oferta Cinematográfica En Venezuela
1. Del desarrollo de los Principios de Diversidad Cultural e Interculturalidad, lo que se traduce en la inexistencia de primacías de alguna cultura sobre otra, establecidas en la Declaración Universal de la UNESCO sobre Diversidad Cultural y en la Convención Universal sobre promoción y protección de la expresiones culturales, así como las disposiciones previstas en el Capítulo de Derechos Culturales en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las regulaciones constitucionales. Y en materia de prácticas antimonopólicas, se establecen mecanismos en la LCN que garanticen la diversidad cinematográfica en el país y el ejercicio real del derecho de elección de los espectadores a partir de una oferta fílmica plural y diversa. Para ello se hace necesario la modificación de los artículos 28, 30 y 31 de la LCN.
2. Necesidad de modificar la denominada Cuota Mínima de Pantalla Anual Variable, disposición prevista en el artículo número 30, a objeto de lograr un equilibrio de la oferta fílmica programada en los complejos cinematográficos, tanto en función de la obra cinematográfica nacional como la proveniente de diversos mercados de producción cinematográfica del mundo. Prever incentivos por su cumplimiento y sanciones por su infracción.
3. Necesidad de dotar a las Obras extranjeras de Interés Artístico y Cultural certificadas por el CNAC de mecanismos de protección que hagan posible su exhibición y  permanencia en pantalla, a través del establecimiento de un Promedio Especial, similar al Promedio de Obras Cinematográficas Venezolanas (PELVEN).
4. Se plantea la incorporación en la Ley de la Cinematografía Nacional de disposiciones actualmente previstas en las  Providencias Administrativas del CNAC relativas a las salas alternativas e independientes, la certificación de las obras de interés artístico y cultural e  incentivos por su programación.
D) La debida Protección de la Obra Cinematográfica Nacional:
1. Se hace necesario mejorar y ampliar el marco regulatorio que protege la distribución y exhibición de los filmes nacionales, estableciendo, entre otros, la obligación de los exhibidores cinematográficos de realizar una efectiva rotación en el territorio nacional de las películas venezolanas, lo cual hace imprescindible la modificación del artículo relativo a la Cuota Mínima de Pantalla Anual.
2. Asimismo, se hace requiere de la incorporación a la LCN de la figura del PELVEN, o Promedio de Películas Venezolanas, establecido mediante Providencia Administrativa del CNAC, así como también regular su cálculo y aplicación.
3. Se hace necesario normar con mayor precisión y claridad la exhibición de los cortometrajes y noticieros nacionales, así como los avances cinematográficos o trailers, actualmente previstos en los artículos 27 de la LCN y 68 a 71 del Reglamento de la LCN,  así como el orden en que éstos han de ser programados y exhibidos en las salas de cine en relación al largometraje programado y a los cortos publicitarios y propagandísticos incluidos en la programación. Surge la necesidad de establecer la respectiva sanción a la infracción de la disposición que sea acordada en esta materia.
4. De igual forma es necesario establecer competencias CNAC para fiscalizar y sancionar no solo a la salas de exhibición cinematográfica, sino también a las personas naturales y jurídicas que presten servicios a la producción y las diversas actividades que conforman la Cinematografía Nacional.
E) La Incorporación de  nuevas formas organizativas dentro del CNAC y de la Industria Cinematográfica Nacional.
1. Incorporar en el texto legal como una disposición ya vigente a  la Asociación de Bienestar Social de los Trabajadores del Cine (ABICINE).
2. Incorporar también las figuras de las instancias creadas en Providencias Administrativas con funcionamiento efectivo, como la Mesa Técnica Permanente de Distribución y Exhibición y Cinematográfica, la Mesa Técnica Permanente de Formación Cinematográfica y el Observatorio del Cine Venezolano.
5. Incorporar en la LCN la figura de la Comisión Fílmica de Venezuela y dotarla de competencias claras que faciliten el rodaje de obras cinematográficas extranjeras en el país, los requisitos a ser cumplidas y el establecimiento  una Tasa que vaya al patrimonio del CNAC.
6. Incorporar en la LCN la figura de un nuevo órgano adscrito al CNAC que atienda los distintos procesos de internacionalización del cine venezolano, incluyendo su incursión en mercados cinematográficos en el mundo.
7. Incorporar en la LCN la figura de las Redes Populares Estadales de Cine y Audiovisual, en concordancia con lo establecido en el artículo número 23 de la Ley Orgánica de Cultura.
8. Incorporar la figura de la Plataforma del Cine, bajo la rectoría del CNAC.



9. Incorporar en la LCN la instancia del Foro del Cine Venezolano, como entidad de articulación de la comunidad cinematográfica venezolana en toda su pluralidad.
10. Propiciar la creación y consolidación de circuitos  de cine independiente y alternativo comprometido con el cine venezolano, latinoamericano, de procedencia diversa, que certifique el CNAC como de interés artístico y cultural.

11. Necesidad de establecer con mayor claridad el alcance de los roles del exhibidor y del distribuidor.

D) De las Contribuciones Especiales  
1. Se hace necesario una revisión  de cada una de las seis (6) contribuciones especiales previstas en la Ley, frente a la realidad económica nacional y los planes de crecimiento del cine nacional.

2. Se propone sustituir la figura de exoneración por el de exención en el artículo 59 de la LCN, a objeto de estimular el desarrollo de relaciones activas y ágiles de los contribuyentes de FONPROCINE que se acojan al beneficio establecido (ampliar la coproducción a la promoción y comercialización). En este sentido se propone la inclusión del  procedimiento propuesto en el anteproyecto de Reglamento de la LCN discutido y aprobado en consulta pública a mediados del año 2011 en lo relativo al arbitramiento de la selección del proyecto u obra cinematográfica que el solicitante proponga al CNAC.

3. De igual forma se propone la modificación delos artículo 57 y 58 de la LCN con el fin de estimular en los contribuyentes nacionales y especiales en inversiones y liberalidades en la industria de la cinematografía.


E) Marco Sancionatorio

1. Con base en los diversos ilícitos y sanciones  cometidos y sancionados en los últimos años, se propone una revisión del conjunto de sanciones previstas en la Ley y el establecimiento de sanciones ante la incorporación de nuevas obligaciones a las personas previstas en la Ley, como la interrupción o corte de los créditos de las obras cinematográficas,  disposiciones asociadas a la correcta, oportuna y suficiente exposición de información y promociones de las películas venezolanas en las instalaciones de los cines y complejos cinematográficos, lo cual incluye además la cobertura en los sitios web de las empresas exhibidoras y la programación de los trailers, afiches o cualquier otro tipo de avance cinematográfico de los filmes nacionales en pantalla cinematográfica y en cualquier dispositivo electrónico utilizado por las empresas exhibidoras en los cines y complejos cinematográficos, también la obligación de las empresas exhibidores a brindar espacio de promoción a las obras cinematográficas nacionales en el conjunto de medios y redes empleadas por tales empresas para la publicidad y promoción de su programación.

5. Se propone introducir el concepto del Sistema Nacional Integral de Emisión de Boletería Cinematográfica, figura existente en cinematografías como la argentina, la portuguesa, la española y la francesa, y mientras se instrumente dicho sistema, la obligación del suministro de reportes de taquilla al CNAC diariamente una vez finalizada la última función ofrecida al público, esto como avance indispensable a la regulación actualmente prevista en el artículo número 35 de la LCN y el establecimiento de nuevas sanciones por su incumplimiento.
 F) Modificación de Disposiciones que perdieron vigencia en el tiempo por diversas razones:

1.  Se propone la actualización  de la integración del Consejo Nacional Administrativo y  de FONPROCINE (artículos 9 y 38 de la LCN), instancias ante las cuales se establecen representaciones de Ministerios que ya no existen y otros que no tienen relación sustantiva con el cine.

2. Con el surgimiento de nuevas tecnologías perdieron vigencias artículos que obligaban a los distribuidores a la realización de copias en el país, por lo que se presenta ahora una disposición que protege al sector de empresas que se dedican a ciertas actividades necesarias para la producción.

3. Revisión de las competencias del Registro de la Cinematografía Nacional,  que les permita recibir y proteger los derechos de los autores de guiones cinematográficos y otros productos de ingenio, de cuyo registro de autoría pueda dar fe el CNAC.
 ARTICULADO

Artículo 1. Se modifica el artículo 1 en los siguientes términos:

Artículo 1. Esta Ley tiene como objeto el desarrollo, fomento, difusión y protección de la cinematografía venezolana como expresión cultural de la Nación, así como de las obras cinematográficas, entendidas éstas como el mensaje autoral, visual o audiovisual, compuesto por imágenes diacrónicas organizadas en discurso, que fijadas a cualquier soporte tiene la posibilidad de ser exhibido por medios masivos”.

Artículo 2. Se modifica el artículo 2 en la forma siguiente:

Artículo 2. La cinematografía nacional comprende todas aquellas actividades vinculadas con la creación, innovación, desarrollo científico, tecnológico y técnico,  investigación, formación, producción, realización, promoción, distribución, exhibición, difusión, conservación, restauración y preservación de obras cinematográficas, así como la presencia de ésta y de sus creadores y creadoras en el territorio nacional y en el ámbito internacional”.

Artículo 3. Se modifica el artículo 3 de la manera siguiente:

Artículo 3. Los entes y órganos del poder público nacional, estadal y municipal y las organizaciones del sector privado deberán instrumentar políticas y acciones que coadyuven al desarrollo de las actividades descritas en el artículo 2 de la presente Ley, así como a la consecución de los objetivos que en materia de interculturalidad y diversidad cultural establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley Orgánica de Cultura, y los diversos acuerdos y tratados con rango constitucional que ha suscrito o suscriba la República”.

Artículo 4. Se modifica el artículo 7, el cual queda redactado en los siguientes términos:

Artículo 7. La rectoría sobre la política cinematográfica la ejercerá el Ministerio con competencia en materia de cultura, a través del Centro Nacional Autónomo de Cinematográfica (CNAC).

Para el cumplimiento de los objetivos señalados en esta Ley, el Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC), tendrá las siguientes funciones:

1.  Diseñar los lineamientos generales de la política cinematográfica.

2.  Suscribir convenios destinados a desarrollar la producción, distribución, exhibición y difusión de obras cinematográficas nacionales.

3.  Estimular, proteger y promover la producción, distribución, exhibición y difusión dentro y fuera del país, de las obras cinematográficas nacionales, así como su conservación, preservación y restauración

4.  Incentivar la creación y protección de las salas de exhibición cinematográficas.

5.  Fomentar el desarrollo y mantenimiento de la infraestructura física y la innovación tecnológica cinematográficas.

6.  Estimular la diversidad de procedencia de las obras cinematográficas extranjeras y fomentar las de relevante calidad artística y cultural, basado en el principio de reciprocidad.

7.  Promover la formación en todas las áreas de la cinematografía, así como el mejoramiento profesional de los trabajadores independientes y del sector público que laboran en la industria cinematográfica, de conformidad con la ley.

8.  Fomentar la creación de las entidades, asociaciones o fundaciones que considere necesarias o convenientes para el mejor cumplimiento de sus fines.

9.  Fomentar la constitución de fondos autónomos regionales y municipales para la investigación, formación, producción, realización, distribución, exhibición y difusión de la cinematografía nacional.

10.    Promover la investigación cinematográfica y demás áreas asociadas a ella.

11.    Las demás que le asignen esta Ley y sus normas”.

Artículo 5. Se modifica el artículo 11 en la forma siguiente:

Artículo 11. El Comité Ejecutivo, es el órgano encargado de ejecutar las políticas y decisiones del Consejo Nacional Administrativo y tendrá las siguientes atribuciones:

1.  Establecer los lineamientos de las políticas cinematográficas.

2.  Velar por el fortalecimiento del patrimonio del Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC).

3.  Aprobar el Plan Operativo y el proyecto de presupuesto anual de ingresos y gastos de la institución.

4.  Aprobar los financiamientos que otorgue el Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC).

5.  Aprobar los manuales organizativos y los procedimientos internos, y asegurar la permanente actualización de estos instrumentos.

6.  Dictar el Estatuto de Personal del Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC).

7.  Dictar las normas operativas que fijen las condiciones que deben reunir los beneficiarios de financiamientos y créditos establecidos de conformidad con esta Ley.

8.  Aprobar las solicitudes de exenciones contempladas en esta Ley, presentadas por el Presidente del Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC).

9.  Aprobar las sanciones establecidas en esta Ley.

10.    Presentar al Consejo Nacional Administrativo del Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC), el Anteproyecto del Plan de Cinematografía Nacional y adoptar las iniciativas más convenientes para su ejecución y desarrollo.

11.    Estudiar y aprobar los montos a cobrar a los usuarios de los servicios públicos que preste el Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC).

12.    Dictar las normas operativas y técnicas aplicables a las distintas actividades cinematográficas establecidas en esta Ley.

13.    Las demás que le asigne esta Ley y su Reglamento”.

Artículo 6. Se modifica el artículo 17 en los términos siguientes:

Artículo 17. El Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC), como ente encargado de fomentar y desarrollar la cultura cinematográfica, estimulará las siguientes actividades y programas:

1.  La creación, producción, distribución, exhibición y difusión de obras cinematográficas no publicitarias o propagandísticas.

2.  La exportación e importación de obras cinematográficas de relevante calidad artística y cultural, basado en el principio de reciprocidad.

3.  La formación, investigación, conservación, archivo y difusión cultural de obras cinematográficas y la coordinación de la participación en esta tarea de otras instituciones públicas o privadas que desarrollen actividades afines, de acuerdo a criterios establecidos por Mesas Técnicas conformadas por especialistas del sector y representantes designados por los órganos o entes del Estado con competencia en la materia.

4.  La constitución y desarrollo de los centros de cultura cinematográfica y similar.

5.  Los programas que propicien el mayor acceso posible de la colectividad a los bienes y servicios culturales cinematográficos en todo el territorio nacional, así como la formación crítica de los espectadores y espectadoras y su conformación en Comités.

6.  Los programas de apoyo para consolidar e impulsar la distribución y exhibición independiente y alternativa que promuevan el cine nacional y las obras cinematográficas extranjeras de interés artístico y cultural certificadas por el CNAC.

7.  Los programas y mecanismos de incentivos para el fomento de la cultura cinematográfica y el respeto de la diversidad cultural a través de la democratización de las pantallas”.

Artículo 7. Se modifica el artículo 18 en la forma siguiente:

Artículo 18. Se declaran de interés público y social,  bajo la protección especial del Estado, las organizaciones, los servicios y actividades de cultura cinematográfica.

En tal sentido, los entes y órganos del poder público nacional, estadal y municipal deberán implementar y apoyar políticas y programas para contribuir a la difusión de la cultura cinematográfica, así como a la conservación, preservación y restauración de obras cinematográficas, como resguardo de la identidad venezolana, latinoamericana, caribeña y demás culturas del mundo, en el marco de la interculturalidad y basados en los principios de reciprocidad y de igualdad de las culturas.

A los efectos de este artículo, se consideran sujetos de difusión cultural cinematográfica, entre otros: las salas alternativas y/o independientes, cineclubes, salas comunitarias, cinematecas, archivos cinematográficos, cines al aire libre, cinemóviles, organizaciones populares que promuevan la cultura cinematográfica, festivales y muestras, redes de investigación y difusión cinematográfica, centros de formación crítica, y toda asociación o centro de cultura cinematográfica dedicado a la promoción del cine nacional, latinoamericano, caribeño, de procedencias diversas, considerado de interés artístico y cultural, bajo el principio del diálogo de las culturas que nos integran como Humanidad, en procura de la protección y promoción de la diversidad de las expresiones culturales”.


Artículo 8. Se modifica el artículo 19 de la manera siguiente:

“Artículo 19.El Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC), fomentará la producción independiente de obras cinematográficas nacionales de carácter no publicitario o propagandístico y desarrollará programas de incentivos para estimular su continuidad.

Las empresas que se dediquen a los servicios técnicos y de soporte tecnológicos para la producción de obras cinematográficas en el territorio nacional, están sujetas a la regulación del CNAC, conforme a criterios profesionales establecidos por  Mesas Técnicas integradas por especialistas o peritos del sector”.

Artículo 9. Se modifica el artículo 27 en los términos siguientes:

Artículo 27. Los exhibidores deberán:

a.  Disponer de infraestructuras y condiciones adaptadas a las personas con discapacidad, situación especial y de vulnerabilidad, que garanticen el pleno acceso, la adecuada atención preferencial y mecanismos efectivos de conformidad con las leyes que rigen la materia.

b.  Proyectar inmediatamente antes de la obra cinematográfica de  largometraje programada, en el siguiente orden: los avances de películas (trailers) de las obras cinematográficas o audiovisuales de producción nacional e internacional que estén próximas a exhibirse, los noticieros de producción nacional y un cortometraje venezolano de estreno, no propagandístico o publicitario.

c.   Programar y proyectar los avances de las películas venezolanas (trailers), durante al menos ocho (8) semanas continuas previas a su  estreno.

d.  Programar y garantizar la correcta y oportuna colocación de los afiches, así como de cualquier otro elemento impreso o digital creado especialmente para la promoción de las obras cinematográficas venezolanas.

e.  Brindar espacios a las obras cinematográficas nacionales en el conjunto de medios y redes que empleen para la publicidad y promoción, tales como sitios web, redes sociales, portales, y cualquier dispositivo o medio electrónico utilizados en los cines y complejos cinematográficos. 

f.    Proyectar las obras cinematográficas en la mejor calidad de imagen y sonido, sin interrupciones y sin manipulación u omisión alguna de su contenido original.

g.  Apoyar la promoción y programación de las obras  cinematográficas extranjeras de interés artístico y cultural certificadas por el CNAC.

h.  Notificar al productor, al distribuidor y al CNAC, la programación de la exhibición de las obras cinematográficas nacionales por pantalla, con al menos cinco (05) días continuos de antelación.

El CNAC supervisará y regulará el cumplimiento de esta norma en aras de garantizar la debida promoción y protección del cine nacional, así como de propiciar la diversificación de la programación cinematográfica en el país”.

Artículo 10. Se modifica el artículo 28 de la forma siguiente:

Artículo 28.  Los distribuidores no podrán condicionar o restringir el suministro de películas a los exhibidores y comercializadores, ni la adquisición, venta, arrendamiento o cualquier otra forma de explotación de películas pertenecientes a una misma distribuidora.

Los exhibidores no podrán incurrir en abuso de posición de dominio derivada de una concentración económica, ni incurrir en prácticas desleales con efectos nocivos y restrictivos a las condiciones efectivas de competencia económica garantizadas por la Constitución y las Leyes, que perjudiquen a la industria cinematográfica nacional.

Con el objeto de garantizar la efectividad de los distintos mecanismos  de protección y promoción de las obras cinematográficas venezolanas y velar por  su cumplimiento, se crea la Mesa Técnica Permanente de Distribución y Exhibición Cinematográfica, que será coordinada por el CNAC y que estará conformada por productores, distribuidores, exhibidores y una representación de los distintos gremios cinematográficos venezolanos”.

Artículo 11. Se modifica el artículo 29 que pasa a formar parte del Capítulo III De la Distribución y Exhibición, en la forma siguiente:

Artículo 29. El copiado, así como los procesos técnicos necesarios para la realización de copias de obras cinematográficas nacionales y extranjeras a ser distribuidas y exhibidas en salas de cine localizadas en el territorio nacional, deberá ser efectuado en el país, sea cual fuere su formato o soporte.

Excepcionalmente, el Comité Ejecutivo del CNAC podrá eximir el cumplimiento parcial de esta norma por razones de índole económica, técnica o de causa mayor.

El CNAC dictará las normas técnicas y operativas aplicables cuando el proceso de distribución y exhibición sea realizado a través de otros medios y modos de transmisión existentes o por existir, sin menoscabo de la competencia que a tal respecto pueda tener cualquier otro órgano o ente del Estado”.

Artículo 12. Se modifica el artículo 30 en términos siguientes:

Artículo 30. Se establece una cuota mínima anual de doce (12) semanas cine por pantalla, a los efectos del carácter preferencial de las obras cinematográficas venezolanas.

Toda obra cinematográfica venezolana tendrá garantizado su estreno con permanencia mínima de exhibición de dos semanas cine y su rotación en el territorio nacional. El CNAC mediante normas operativas establecerá los mecanismos que permitan el reestreno de obras cinematográficas venezolanas de destacada relevancia para la cinematografía nacional y la protección de la identidad cultural venezolana. 

Toda obra cinematográfica extranjera de interés artístico y cultural certificada por el CNAC, tendrá garantizado su estreno y una permanencia mínima de exhibición de una semana cine, basado en el principio de reciprocidad.

La exhibición cinematográfica en el territorio nacional deberá regirse por las condiciones siguientes:

a.  El productor, el distribuidor y el CNAC acordarán el plan de lanzamiento de las obras cinematográficas venezolanas a estrenar en las salas de cine del país, en concordancia con la cuota mínima anual de pantalla prevista en esta Ley.

b.  La cifra de continuidad de la obra cinematográfica venezolana, a partir de su tercera semana cine será el sesenta por ciento (60%) del promedio de la sala, excluyendo de dicho cálculo las funciones de matiné y medianoche.

c.   Las obras cinematográficas extranjeras de carácter independiente o alternativo, de relevante calidad artística y cultural, certificadas por el Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC), tendrán una cifra de continuidad  del 85% del promedio de la sala a partir de su segunda semana cine, excluyendo de dicho cálculo las funciones de matiné y medianoche.

d.  La rotación territorial y el traslado de una pantalla a otra de las obras cinematográficas nacionales o de obras cinematográficas extranjeras de carácter independiente o alternativo, de relevante calidad artística y cultural, certificadas por el Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC) solo procederá previo acuerdo entre el productor, el exhibidor y el distribuidor. El Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC) deberá aprobar dicho acuerdo.

e.  Ninguna obra cinematográfica podrá ocupar simultáneamente más del veinte por ciento (20%) del total de las salas existentes en el país”.

Artículo 13. Se modifica el artículo 31 en los términos siguientes:

Artículo 31. Las personas naturales o jurídicas que se dediquen a la distribución de obras cinematográficas en el territorio nacional, tienen la obligación de distribuir un mínimo de un treinta por ciento (30%) de obras cinematográficas venezolanas, del total de las obras a ser distribuidas en cada año fiscal.

En caso de insuficiencia de obras cinematográficas nacionales se cumplirá la cuota establecida con obras cinematográficas extranjeras independientes de relevante calidad artística y cultural, certificadas por el CNAC, priorizando las obras provenientes de Latinoamérica y el Caribe, basado en el principio de reciprocidad. El Cronograma Anual de Estrenos Cinematográficos Nacionales que coordina el CNAC conjuntamente con los productores y distribuidores nacionales servirá de base para el cumplimiento de este artículo”.

Artículo 14. Se modifica el artículo 35 de la forma siguiente:

Artículo 35. Los responsables de las salas de exhibición cinematográficas, deberán llevar un control sobre las actividades realizadas y reportarlo diariamente al CNAC.
El CNAC determinará la información que deben contener los boletos y establecer las condiciones que deben cumplir los sistemas de venta utilizados por los exhibidores, pudiendo implementar un sistema informático sobre la venta de boletos para la recolección de información diaria de las entradas o boletos vendidos, en todas las salas de exhibición del territorio nacional”.

Artículo 15. Se modifica el artículo 50 en los términos siguientes:

Artículo 50. Se crea una contribución especial que pagarán las personas naturales o jurídicas cuya actividad económica sea la exhibición de obras cinematográficas en salas de cine con fines comerciales, al Fondo de Promoción y Financiamiento del Cine (FONPROCINE), equivalente al ocho por ciento (8%) en el año 2016; diez por ciento (10%) en el año 2017 y doce por ciento (12%) a partir del año 2018, del valor del boleto o billete de entrada.

La base de su cálculo, será la cifra neta obtenida de restar del monto total del boleto o billete, la cantidad que corresponda al impuesto municipal por ese rubro.

Las personas naturales o jurídicas que dediquen un mínimo de sesenta por ciento (60%) de su programación mensual en salas alternativas y/o independientes a la exhibición de obras cinematográficas nacionales y obras cinematográficas extranjeras de relevante interés artístico y cultural certificadas por el CNAC, quedan exentos del cumplimiento de la respectiva obligación.

El CNAC otorgará el certificado correspondiente a los fines de la aplicación del beneficio establecido en este artículo.

La contribución especial se autoliquidará y deberá ser pagada dentro de los primeros quince (15) días del mes siguiente, en el que efectivamente se produjo el hecho imponible”.

Artículo 16. Se modifica el artículo 51 de la forma siguiente:

Artículo 51. Las empresas que presten servicio de televisión de señal abierta con fines comerciales, pagarán al Fondo de Promoción y Financiamiento del Cine (FONPROCINE), una contribución especial, calculada sobre los ingresos brutos percibidos por la venta de espacios para publicidad, que se liquidará y pagará de forma anual dentro de los primeros cuarenta y cinco días continuos del año calendario siguiente a aquel en que se produjo el hecho gravable, con base en la siguiente tarifa, expresada en unidades tributarias (UT):

Por la fracción comprendida desde 10.000 UT hasta 29.999 UT.........1 %
Por la fracción comprendida desde 30.000 UT hasta 69.999 UT.........2 %
A partir de 70.000 UT………………………………………………..……..3 %

La presente disposición no se aplicará a las empresas que presten servicio de televisión de señal abierta con fines exclusivamente educativos y culturales”.

Artículo 17. Se modifica el artículo 52 en los términos siguientes:

Artículo 52. Las empresas que presten servicio de difusión de señal de televisión por suscripción con fines comerciales, sea éste por cable, por satélite, por Internet o por cualquier otra vía creada o por crearse, pagarán al Fondo de Promoción y Financiamiento del Cine (FONPROCINE), una contribución especial del tres por ciento (3%) de la facturación mensual por suscripción de ese servicio, que se liquidará y pagará de forma trimestral dentro de los primeros quince días continuos al vencimiento del lapso en que se produjo el hecho imponible”.

Artículo 18. Se modifica el artículo 53, el cual queda redactado en la forma siguiente: 

Artículo 53. Los distribuidores de obras cinematográficas con fines comerciales, pagarán al Fondo de Promoción y Financiamiento del Cine (FONPROCINE) una contribución especial, equivalente al diez por ciento (10 %) de la renta neta obtenida por esa actividad económica, exigible de forma anual, dentro de los primeros cuarenta y cinco días continuos siguientes al vencimiento del año respectivo.
Los ingresos obtenidos por la distribución de obras cinematográficas nacionales y obras cinematográficas extranjeras de relevante interés artístico y cultural certificadas por el CNAC, quedan exentos de esta contribución especial”.

Artículo 19. Se modifica el artículo 54 en los términos siguientes:

Artículo 54. Las personas naturales o jurídicas que se dediquen al alquiler o venta de obras cinematográficas fijadas a cualquier soporte digital existente o por existir, pagarán al Fondo de Promoción y Financiamiento del Cine (FONPROCINE), una contribución especial, equivalente al diez por ciento (10%) de su facturación mensual, sin afectación del impuesto al valor agregado correspondiente, exigible dentro de los primeros quince días continuos siguientes al mes de la ocurrencia del hecho imponible”.

Artículo 20. Se deroga el artículo 55

Artículo 21. Se modifica el artículo 56, que pasa a ser el artículo 55, el cual queda redactado de la siguiente manera:

Artículo 55. Las empresas que se dediquen a los servicios de producción, servicios técnicos, tecnológicos, logísticos y a la producción de obras cinematográficas y/o audiovisuales en el territorio nacional pagarán dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes al vencimiento del ejercicio fiscal al Fondo de Promoción y Financiamiento del Cine (FONPROCINE), una contribución especial sobre los ingresos brutos anuales de la forma siguiente:

Por la fracción comprendida desde 10.000 UT hasta 29.999 UT........0,5 %
Por la fracción comprendida desde 30.000 UT hasta 69.999 UT…........1 %
A partir de 70.000 UT………………………………………………..…..…..2 %

Artículo 22. Se modifica el artículo 57, que pasa a ser el artículo 56, el cual queda redactado de la siguiente manera:

Artículo 56. Los contribuyentes del impuesto sobre la renta que realicen inversiones o donaciones a proyectos cinematográficos de producción o coproducción venezolana autorizados por el CNAC, podrán deducir de la renta bruta en la determinación de la obligación correspondiente al periodo gravable en que se realice la inversión o donación, los montos que no superen el diez por ciento (10%) de la misma, siempre que esos montos no excedan de la renta neta calculada antes de haberla deducido, en la proporción siguiente: Diez por ciento (10%), cuando la renta neta no exceda de diez mil unidades tributarias (10.000 U.T.); y el ocho por ciento (8%), por la porción de renta neta que exceda de diez mil unidades tributarias (10.000 U.T.). Sin menoscabo de lo establecido en la Ley de Impuesto Sobre la Renta.

El CNAC establecerá los términos y requisitos para otorgar este beneficio fiscal y expedirá una certificación de inversión o donación, según corresponda a los fines fiscales pertinentes. El beneficio, en ningún caso, será otorgado a cine publicitario o propagandístico.
Las inversiones o donaciones aceptables para efectos de lo previsto en este artículo podrán realizarse en servicios cuantificables en dinero.

Parágrafo Único: El monto total de los tributos efectivamente pagados establecidos en la presente Ley serán deducibles del Impuesto Sobre La Renta”.

Artículo 23. Se suprime al artículo 58.

Artículo 24. Se modifica el artículo 59, que pasa a ser el artículo 57 en los términos siguientes:

Artículo 57. Los contribuyentes de las obligaciones tributarias establecidas en esta Ley, quedarán exentos hasta en un treinta por ciento (30 %) del monto de su obligación, siempre que esos montos sean destinados a la coproducción de obras cinematográficas nacionales independientes no publicitarias o propagandísticas aprobadas por el CNAC y que tales aportes hayan sido previamente aprobados por el Comité Ejecutivo del CNAC”.

Artículo 25. Se suprime el artículo 60.

Artículo 26. Se modifica el artículo 61 que pasa a ser el artículo 58 en los términos siguientes:

Artículo 58. Los exhibidores cinematográficos, podrán obtener, por pantalla, una rebaja de la contribución especial a su cargo, cuando exhiban obras cinematográficas venezolanas, que sobrepasen las cuotas establecidas en el artículo 30 de esta Ley, conforme a los siguientes rangos:

De trece (13) a veinte (20) semanas un descuento del veinticinco por ciento (25%).

De veintiuno (21) a veintiocho (28) semanas un descuento del cincuenta por ciento (50%).

De veintinueve (29) semanas en adelante un descuento del setenta y cinco por ciento (75%).

Parágrafo Único: En el caso de las obras cinematográficas extranjeras de interés artístico y cultural certificadas por el CNAC, se aplicará el beneficio de acuerdo a los siguientes rangos:

De tres (3) a cuatro (4) semanas un descuento del quince por ciento (15%).

De cuatro (4) semanas en adelante un descuento del veinticinco por ciento (25%)”.

Artículo 27. Se modifica el artículo 62, que pasa a ser el artículo 59 el cual queda redactado de la manera siguiente:

Artículo 59. Los distribuidores cinematográficos podrán deducir de la contribución especial causada en el periodo fiscal hasta un veinticinco por ciento (25%), cuando hayan  distribuido para salas de cine en Venezuela, obras cinematográficas venezolanas efectivamente exhibidas en un porcentaje superior al que fije la Ley.
El CNAC establecerá los términos y requisitos para otorgar este beneficio fiscal y expedirá la certificación correspondiente”.



Artículo 28. Se modifica el artículo 64, que pasa a ser el artículo 61 en los términos siguientes:

Artículo 61.  A los efectos de la aplicación de la sanción por incumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 24 de esta Ley, el funcionario competente del Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC), levantará un acta con indicación precisa y detallada de las fallas observadas, en la que se emplazará al responsable a corregirlas, otorgándole un plazo de quince días hábiles para hacerlo, salvo que por su naturaleza requieran de un tiempo mayor, para lo cual el interesado solicitará autorización al Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC), que deberá pronunciarse en los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud.
Vencido el plazo sin que se hubiesen subsanado las deficiencias, se impondrá una multa de doscientas unidades tributarias (200 U.T.) en la primera infracción, en caso de reincidencia, la multa se incrementará en un cien por ciento (100%).

Quien incumpla las obligaciones establecidas en el artículo 27 de esta ley,  será sancionado con multas de 300 U.T. a 600 U.T. si se trata de los literales a), f) y g); con multas de 800 U.T. a 1.600 U.T. si se trata del literal b); con multa de 700 U.T. a 1.400 U.T. si se trata de los literales c), d) y e).

El Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC), podrá ordenar colateralmente la clausura temporal de la sala. La sanción de clausura aquí prevista, se extenderá hasta tanto el infractor cumpla con las respectivas obligaciones, notifique al Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC) la regularización de la situación que dio origen a la sanción y éste realice la respectiva verificación”.

Artículo 29. Se modifica el artículo 65, que pasa a ser el artículo 62 en los términos siguientes:

Artículo 62. El incumplimiento por parte del exhibidor de las disposiciones establecidas en el artículo 30 de esta Ley, será sancionado con una multa de mil unidades tributarias (1000 U.T.) a dos mil unidades tributarias (2000 U.T.).

En el caso del distribuidor el incumplimiento de lo establecido en el artículo 31 de esta Ley, será sancionado con multa desde  mil quinientas unidades tributarias (1500 U.T.) hasta tres mil unidades tributarias (3000 U.T.).

Las  sanciones aquí establecidas  se aplicarán  de acuerdo a la gravedad del hecho y las circunstancias que se observen en el momento de la infracción, garantizando al infractor el debido proceso”.

Artículo 30. Se modifica el artículo 67, que pasa a ser el artículo 64 el cual queda redactado de la manera siguiente:

Artículo 64. El incumplimiento de lo establecido en el artículo 35 de esta Ley, será sancionado con multa de ciento cincuenta unidades tributarias (150 U.T.) por cada día de incumplimiento hasta un máximo de treinta (30) días”.

Artículo 31. Se modifica el artículo 70 que pasa a ser el artículo 67 en la forma siguiente:

“Artículo 67. El Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC), de oficio o a solicitud de parte interesada, podrá ordenar un procedimiento administrativo para corroborar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 29 de la presente Ley, e impondrá,  en caso de incumplimiento,  una multa de mil quinientas unidades tributarias (1.500 U.T.) a tres mil unidades tributarias (3.000 U.T.)”.

Artículo 32. Se incorpora el artículo 68 el cual queda redactado de la manera siguiente:

“Artículo 68.Las  sanciones aquí establecidas  se aplicarán  de acuerdo a la gravedad del hecho y las circunstancias que se observen en el momento de la infracción, garantizando al infractor el debido proceso.
En todos los casos se observarán las circunstancias atenuantes o agravantes.

Se consideran circunstancias agravantes, las siguientes:

a.  La reincidencia y la reiteración.

b.  La resistencia o reticencia del infractor para esclarecer los hechos.

c.   La gravedad del acto, hecho u omisión que comprometa la responsabilidad del infractor.

d.  La magnitud del perjuicio causado.

e.  El haber sido advertido acerca de la irregularidad del acto, hecho u omisión por el que se comprometió su responsabilidad.

Se consideran circunstancias atenuantes, las siguientes:

a.  No haber sido objeto de alguna de las sanciones establecidas en la Ley.

b.  El cumplimiento de los requisitos o acciones que puedan dar lugar a la imposición de las acciones

c.   La cesación inmediata del supuesto que originó la infracción

Artículo 33. Se modifica el artículo 71 que pasa a ser el artículo 69 el cual queda redactado de la forma siguiente:

“Artículo 69.Los procedimientos administrativos sancionatorios que inicie el Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC), de conformidad con esta Ley, se rigen por los principios de celeridad, eficacia, economía e inmediación.

Los procedimientos se iniciaran por denuncia de parte interesada o de oficio.

La consultoría jurídica del Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC), abrirá el procedimiento mediante auto motivado, siguiendo las reglas establecidas en la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos.

Seguidamente, se ordenará en el mismo día la notificación de los infractores o denunciados, según corresponda, para que al tercer día hábil siguiente de practicada la notificación se dé contestación al Acta, o se presenten los descargos correspondientes. A continuación, se abrirá un lapso de pruebas de cinco días hábiles, vencido este lapso la consultoría jurídica presentará al quinto día hábil siguiente un proyecto de decisión al Comité Ejecutivo, quien tomará decisión dentro de los treinta días hábiles siguientes de su recibo, agotándose de esta forma la vía administrativa. Contra la Resolución se podrán ejercer los recursos jurisdiccionales, dentro de los treinta días hábiles siguientes, contados a partir de la notificación o publicación. 

La interposición del Recurso no suspende los efectos del acto.


Volvió "Fresa y chocolate"

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El Grupo Actoral 80 ha repuesto su montaje, estrenado el año pasado,
Primero fue El lobo, el bosque y el hombre nuevo, un cuento de Senel Paz que transformó en el monólogo Fresa y chocolate y de ahí partió con los cineastas Juan Carlos Tabío y Tomas Gutiérrez Alea hasta escribir el guión y hacer un film homónimo que les dio prestigio y premios en los años 90.
Aquí en Caracas, desde la temporada 2014, gracias al excelente trabajo del director  Héctor Manrique y los actores Daniel Rodríguez, Juan Vicente Pérez y Wadih Hadaya, se exhibe la versión teatral de la imaginación de esos cubanos empeñados en denunciar a la homofobia, ese crimen de odio, o enfermedad psicosocial,  que se caracteriza por tener una profunda aversión hacia los homosexuales, otra manifestación del fascismo.
El drama Fresa y Chocolate, también pergeñado por Senel Paz, hace temporada porque los actores y el director creen y manifiestan que la razón fundamental  para montarlo  es que en la sumatoria de todas las voluntades estará la solución de nuestros problemas como sociedad, ahí  se ejemplifica que la marginación sólo lleva a la fractura íntima y pública del hombre y esos desarraigos llevan al empobrecimiento de las personas, porque “el amor es una fuerza modificadora, ya que  si hay algo que le está haciendo falta a nuestra sociedad es el respeto a la vida, a las ideas de los demás, porque nos enriquecen”.
El montaje permite conocer la historia de una amistad más allá de la incomprensión y la intolerancia. La obra plasma parte de la realidad social cubana desde los años 70 a los 90, a partir de la normal relación que establecen Diego, artista gay que cree en la libertad y trata de ejercerla, y David, universitario cargado de prejuicios en contra de la homosexualidad, quien sigue las orientaciones del régimen. En escena se pondera como la personalidad de Diego cala en la mentalidad de David, quien termina reevaluando sus concepciones no solo de la homosexualidad, sino también sobre lo que es ser revolucionario, a pesar de que su homofóbico compañero Miguel lo utiliza  para espiar a Diego, persona que ellos consideran aberrante y peligrosa.
Mientras en Cuba la represión contra los homosexuales ha disminuido notablemente, en otros países, de América Latina, la homofobia es la noticia más escandalosa en los medios de comunicación, al tiempo que en la mayoría de los teatros las locas son objetos de burla o escarnio, por eso el montaje caraqueño de Fresa y chocolate es un paso adelante en la denuncia contra ese crimen social

Literatura para pacientes de alzheimer

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Edgar Borges es como el rayo del Catatumbo, no cesa y ahora lo hace en actividades conunitarias  
El escritor Edgar Borges vive en España desde hace varios años, donde ha publicado una siempre creciente colección de relatos y novelas. Ahora informa que en Madrid realiza un taller de creación literaria para enfermos de Alzheimer. “Es algo de lo que no he hablado públicamente porque más que méritos me interesa hablar de los resultados”, comenta. “Las psicólogas que me acompañan dicen que no conocían otra experiencia igual. Se había trabajado el tema con pintura y música pero no con literatura porque se entiende que es una actividad intelectual y estas personas tienen problemas con la memoria. Son instituciones madrileñas donde hago este trabajo: Maria Wolff Alzheimer y Asociación de Familiares de Enfermos de Alzheimer de Valdemoro. Por otra parte, creo que  la literatura es trascendencia, es la memoria imaginaria de la humanidad. Qué mejor manera de aliviar una enfermedad de la memoria que con literatura”.
¿En qué consiste este trabajo?
Es un trabajo desprovisto del intelecto entendido como un asunto exclusivo del academicismo. Aunque parezca paradójico, pues el acto creativo se relaciona directamente con lo intelectual, la dinámica de este taller me ha llevado a derribar paradigmas que yo mismo arrastraba por un asunto de aprendizaje cultural. Las personas que padecen de Alzheimer tienen un mal de memoria, ya de entrada esa pareciera una limitante para poder crear literatura. De hecho, creadores de otras artes, como la música y la pintura, han trabajado con enfermos de Alzheimer, pero las psicólogas que me acompañan no tienen registro que se haya realizado con el acto literario. El trabajo consiste en invitar a los participantes a crear desde las sensaciones. Por ello el taller se titula “Crear desde lo sensitivo”. Las personas que tenemos sanas nuestras facultades poco equilibramos lo intelectual con lo sensitivo, no sólo a la hora de crear sino en la vida cotidiana. Con frecuencia nos vamos a los extremos, como si el pensar y el sentir no formaran parte de una misma unidad. Las personas que padecen Alzheimer tienen la única opción de acudir a las sensaciones para ubicar su lugar en la existencia. De ahí que es viable que se acerquen a la creación literaria como una forma vital de expresar su necesidad de sentirse presentes.
¿Cómo surgió?
A partir de mi trabajo con grupos a quienes normalmente se les dicta talleres literarios, en un momento siento la necesidad de compartir la creación literaria con personas en situaciones especiales. Para ello inicio un ciclo de talleres que por etapas llevo a centros de pensionistas, centros de jóvenes con problemas de conducta, centros de atención a las adicciones y centros penitenciarios. En cada experiencia me quedaba presente una idea: las personas consideradas “normales”, en su mayoría, se acercan al arte por un asunto exclusivo de entretenimiento, mientras las personas que, por conducta o por enfermedad, forman parte de grupos especiales, necesitan del arte para cambiar su realidad.  En un momento del camino, mientras trabajaba con personas mayores, comencé a desarrollar el proyecto de creación literaria para enfermos de Alzheimer. Hoy es una realidad en desarrollo. La sola posibilidad de pensar en el arte como una necesidad de vida me ha involucrado en el tema.
¿Quiénes lo patrocinan?
Más que patrocinio es un trabajo que vengo desarrollando en centros especializados de Madrid. Ya me han cursado invitaciones de centros ubicados en diversas regiones de España. En cada taller me acompaña una psicóloga o una trabajadora social. En noviembre estoy invitado a un centro de Alzheimer de Nueva York.
¿A cuántos pacientes beneficia y cómo es el procedimiento teniendo en cuenta tal dolencia?
En cada taller participan 10 personas, esto para tener capacidad de asumir una atención personalizada. El procedimiento es la no teoría, el poder asumir mi lado sensitivo como el punto vinculante con el grupo. La palabra no es la única vía de creación literaria; todos los sentidos pueden ser un aporte para crear una historia o un recuerdo.  En el taller hasta una mirada es necesaria para entre todos componer una historia. La palabra es una forma de expresión pero no es la única; también es necesario asumir que las formas son vías para representar un contenido. Mi reto es lograr que los pacientes expongan, en libertad, ese contenido que llevan inmerso en sus sensaciones. La literatura, vinculada a la vida como un todo integral, es un hilo conductor que a estas personas las conecta con su niñez, con los otros y con la alegría de saberse vivos. Es complejo de explicar con las palabras, habría que vivirlo. 
¿Hay antecedentes de trabajos o terapias similares?
Como expresé antes, las psicólogas que me acompañan me dicen que no conocen antecedentes de trabajos de creación literaria con personas enfermas de Alzheimer.
¿Qué dicen los médicos?
Hay sorpresa ante los resultados, no es fácil comprobar que enfermos leves y avanzados puedan crear una narrativa, un relato que conecta con un recuerdo. La lluvia, un juego, una risa, todo aquello que se cuenta termina conectando con formas de vida que nos vinculan. Yo también me he sorprendido. Para hacerle un seguimiento a los resultados, me acompañan profesionales de la salud mental. Estamos ante una enfermedad en crecimiento y que aún no tiene cura. La sociedad desvive encerrada en dilemas inventados por el poder de turno, pocas veces despejamos la mirada para comprometernos con problemas inherentes al ser humano. El Alzheimer es un problema que tiene que ver con el recurso que nos identifica a todos: la memoria. De mi parte, este es un asunto al que me quiero dedicar cada vez con mayor fuerza. La literatura no es una simple abstracción, no es una idea que vuela sin que podamos sostenerla. La literatura también es una forma concreta de obtener nuevas realidades. Este trabajo está en desarrollo, aún es pronto para tener un análisis científico. En lo referente a esta pequeña participación, se podría decir que a las personas enfermas de Alzheimer la literatura les ayuda a reafirmar la vida.
Demencia senil
La enfermedad de Alzheimer (EA), también conocida como demencia senil de tipo Alzheimer (DSTA) o simplemente Alzheimer, es una enfermedad neurodegenerativa. Se manifiesta por la pérdida de la memoria inmediata y de otras capacidades mentales, a medida que mueren las células nerviosas o neuronas y se atrofian diferentes zonas del cerebro. La enfermedad suele tener una duración media aproximada, después del diagnóstico, de 10 años, aunque puede variar en proporción directa con la severidad de la afección al momento del diagnóstico.
Novelista
Edgar Borges (Caracas, 1966), autor  de novelas como¿Quién mató a mi madre? (2008); La contemplación (2010)  y El hombre no mediático que leía a Peter Handke (2012), ha creado su obra más ambiciosa: La ciclista de las soluciones imaginarias(2014), donde lo imaginado se convierte en un espejo que transforma lo real, porque es una fábula sobre el condicionamiento de la imaginación de los adultos. 






El pingüe negocio del cine en Colombia

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En Colombia, gracias al diario bogotano El Tiempo(lunes 28.09.2015) de Bogotá, se publicó este informe periodístico sobre la actividad  del cine y su audiencia popular durante el primer semestre. Aquí en Venezuela, no sabemos porque razones o sinrazones, tales datos estadísticos criollos no se conocen o si se tienen se manejan con secretismo.
Mientras aquí se desconoce como fue el primer semestre del cine y su audiencia en Venezuela, publicamos esta información procedente del vecino pais, precisamente cuando aquí en Caracas se adelanta la segunda reforma la Ley del Cine Nacional, donde se abordan  varios aspectos de esa industria cultural, que además de mover millones de dólares o bolívares maneja el delicado problema de los contenidos culturales, algo de lo que muy pocos hablan.
EL CINE DEL VECINDARIO
La desaceleración no se ve en las pantallas de las cadenas de exhibición de películas del país. Cine Colombia, filial de Valórem, una sociedad matriz que además de esa firma tiene en su portafolio, entre otras, acciones en las compañías Caracol Televisión, Biofilm (plásticos), Tiendas D1, Comunican (El Espectador), Inversiones Cromos y el portal de comercio electrónico Linio, tuvo un crecimiento de 35 por ciento en la facturación durante el primer semestre de este año, frente a igual periodo del 2014.
En el informe trimestral publicado hace unos días por Valórem se indica que el dinamismo de la firma también fue promovido por un aumento de 30 por ciento en el número de espectadores, lo que a su vez generó impactos positivos no solamente en la venta de taquilla sino también en la de comidas, la cual ha diversificado con el fin de responder a los requerimientos de los asistentes a las salas.
Las estadísticas también indican que en el primer semestre entraron a las salas de cine nacionales 30,3 millones de espectadores, de los cuales 22,6 millones (el 74,6 por ciento) se sentaron en las de Cine Colombia.
El crecimiento en el número de cinéfilos fue de 31 por ciento respecto a los seis primeros meses del año anterior.
“Las principales líneas de negocio de las cadenas de cine son la exhibición de películas, la venta de alimentos y bebidas, como café, y la de publicidad en pantalla. No obstante, algunas, como Cine Colombia, han incursionado en negocios como la venta de boletería de espectáculos de terceros y la presentación, entre otros en pantallas gigantes de ópera, ballet, eventos deportivos y obras de teatro, inclusive desde prestigiosos centros de arte mundiales”, dijo Luis Bernardo Naranjo Ojeda, gerente de www.losdatos.com, un portal de análisis empresarial.
En el caso particular de Cine Colombia, la oferta de alimentos ha sido ampliada y vende desde sushi y café hasta helados y confites especiales.El analista explica, no obstante, que el porcentaje de participación de las comidas y golosinas en las ventas del sector de exhibición cinematográfica en el país es más bajo, el 35 por ciento, pues no todo el sector enfoca de manera significativa en esa oferta en la misma proporción que Cine Colombia.
“Los cines igualmente se han convertido en un negocio clave de los centros comerciales y en un fuerte generador de circulación de personas dentro de este tipo de negocios. Hoy, el 89 por ciento de las salas de cine del país, están ubicadas en centros comerciales”, agrega el analista.
Otros expertos consideran que las bajas tarifas en horarios no 'premium' y la acelerada apertura de salas entre distintos sectores de la población son otras causas del reverdecer de la facturación de la exhibición de cine en Colombia.
Los exhibidores de películas tampoco se han quedado a la zaga en tecnología y, entre otras, la propia Cine Colombia, Cinemark, de origen estadounidense, Cinépolis, de México y Royal Films y Procinal, de Colombia, suscribieron en el 2013 contratos de varios ceros a la izquierda con fabricantes mundiales, para modernización tecnológica y expansiones durante 2014 y 2015 de pantallas y equipos.
Dichos convenios se vienen ejecutando con proveedores de equipos y software globales, para contar en sus salas con tecnología de punta en cuanto a proyección digital y la tentadora oferta de 3D.
De acuerdo con el análisis reciente de www.losdatos.com, el año pasado las cadenas de cine registraron ingresos operacionales por 500.714 millones de pesos, con un aumento del 13 por ciento respecto a 2013, cuando totalizaron 436.198 millones de pesos.
Como es apenas obvio, la empresa líder fue Cine Colombia, con una participación del 49,2 por ciento, al facturar 246.229 millones de pesos, y registrar un crecimiento del 9,6 por ciento contra el 2013.
Según www.losdatos.com, a Cine Colombia la secundó Cinemark, con ventas por 94.538 millones de pesos y un crecimiento del 19,7 por ciento respecto al 2013. La participación de la marca de origen gringo se ubicó en 18,9 por ciento.
En el tercer puesto del ranquin, se ubicó la criolla Procinal, del Grupo Gaviria Barrientos, con ingresos operacionales por 54.180 millones de pesos. Su participación sobre la facturación total alcanzó 10,8 por ciento y su crecimiento el 12,3.
La cuarta cadena del escalafón de este entretenimiento masivo nacional fue la también colombiana Royal Films, que registró ventas por 47.966 millones de pesos al crecer 20,6 por ciento, el mayor registrado entre las 10 cadenas competidoras del negocio. Su participación de mercado se ubicó en 9,6 por ciento.
Y la quinta fue Cinépolis, con 37.500 millones de pesos en facturación en el 2014 y un aumento del 14,4 por ciento respecto al año antepasado.
La torta de la marca de origen azteca llegó a 7,5 por ciento en el país, mientras que las otras cinco compañías, las más pequeñas del negocio de los cinemas, coparon 4 por ciento de participación de mercado (1,4 puntos más que en el 2013). Se trata de Cineland, CGS , VO Cines, Cinema Paraíso y Cinemanía.
Sin embargo, los peces chicos de la actividad no crecieron, al contrario de los grandes, solo un dígito, con excepción de Cinemanía, que tuvo una baja del 0,8 por ciento en los ingresos operacionales, a 1.505 millones de pesos, también el año anterior.
De otra parte, Cine Colombia se llevó los laureles del ranquin de utilidades netas, pues de los 44.298 millones de pesos obtenidos por el sector generó el 88,8 por ciento.El ejercicio del 2014 fue de pérdidas netas para Procinal, Cinépolis (Colombia) y Cineland, al registrar saldos en rojo en esa cuenta.
El portal www.losdatos.com también calcula que las seis primeras compañías del sector de cines por facturación tienen 703 pantallas en el país. Así las cosas, el 37,5 por ciento las tiene Cine Colombia, el 20,6 Royal Films, y el 16,8 Cinemark Colombia.
La empresa que más ingresos anuales obtiene por cada ‘telón’ es nuevamente Cine Colombia, con 934 millones de pesos, seguida por Cinépolis, con 872 millones de pesos. La red ‘manita solo tiene 43 pantallas en el país.



"3 bellezas" ganó Festival de Cine de oriente

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Este festival de cine venezolano realizado en Lechería destacó el nuevo cine y a los realizadores regionales en su quinta edición, celebrada del 21 al 26 de septiembre.
El Festival de Cine entre Largos y Cortos de Oriente 2015 (ELCO) tuvo como protagonista el largometraje 3 bellezas, dirigido por Carlos Caridad Montero, que convenció al jurado y se llevó 9 estatuillas en las categorías Mejor largometraje, Mejor ópera prima, Premio del público, Mejor dirección, Mejor dirección de arte (Matías Tika), Mejor guión, Mejor actriz (Diana Peñalver) y Mejor actriz de Reparto (Fabiola Arace).
Lo que lleva el río no se quedó atrás y conquistó los galardones a Mejor dirección de fotografía (Gerard Uzcátegui), Mejor producción (Isabel Lorenz) y Mejor sonido (Gustavo González y Lino Ocando); mientras que Paquete #3 triunfó con la Mejor banda sonora, Mejor tráiler y Mejor póster.
El evento reunió los trabajos de productores, directores, estudiantes y noveles talentos que inician su carrera en el campo audiovisual. Compitieron en las diversas categorías de la gala: Opera Prima, Largometrajes y cortometrajes de ficción, animación, documentales, nuevo cine, regionales y universitarios, exhibidos de forma gratuita para el público asistente durante toda la semana.
La interpretación magistral y psicótica de Frank Spano en  KM 72  le valió el premio a Mejor actor, compartido con Alberto Alifa, quien hizo lo suyo en el rol protagónico de El infierno de Gaspar Mendoza. El actor merideño Leónidas Urbina conquistó la categoría Mejor actor de reparto, luego de meterse en la piel del Subteniente Montilla en El desertor.
En la categoría de cortometrajes, Neverson, del director Raúl Simao, se impuso como Mejor corto y Mejor corto de ficción nacional. Este último lo compartió con la obra Cenizas de la memoria. Buscando a Memo obtuvo un Reconocimiento especial por el manejo del tema, así como Redención por su trabajo de producción y por el manejo de la fotografía y del sonido.
La quinta edición del Festival de Cine entre Largos y Cortos de Oriente colmó de séptimo arte criollo al estado Anzoátegui, del 21 al 26 de septiembre, proyectando una amplia selección de obras nacionales en las salas de cine de Lechería.
Las proyecciones a cielo abierto para todo público se dieron con la animación de Meñique-coproducción cubana, española y venezolana-, escrita y dirigida por Ernesto Padrón, que inició el recorrido visual con la intención de llevar distracción a los más pequeños. “Tuvo un escenario al aire libre en la Plaza Puerto Príncipe, acompañado de colchones inflables y diversión para los niños. El cine es un medio de convivencia y en ELCO lo quisimos llevar a todo el público”, destacó Hernán Troconis, director del evento cinematográfico.
“ELCO busca resaltar la parte social con las denominadas Zonas Elco, es decir, llevar cine a lugares con bajos recursos. Sitios como Conoma, Guanta y espacios de Lechería han sido beneficiados con proyecciones gratuitas para alcanzar este fin”, agregó.
Cortos documentales, regionales, universitarios y de ficción se apoderaron de las salas, mostrando obras fuera de competencia como Reverón, Brecha en el Silencio, Azú y Pelo Malo, ganadoras en ediciones pasadas.
Los talleres y conversatorios gratuitos se realizaron los días 23 y 24 de septiembre. Adicionalmente, este año, los participantes tuvieron el reto de llevar a la realidad el filme animado Taxi killer de Paolo Cogliati, en 24 horas, mediante el Desafío Remake. “Después de cuatro años de festival, teníamos que ponerle una bien difícil y divertida a los competidores y lanzamos el desafío”.

"Lo que lleva el río" compite por el Goya 2016

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El río hecho cine se encauza en aguas internacionales, y es que el largometraje dirigido por Mario Crespo  Lo que lleva el río ha sido seleccionado para representar a Venezuela en los Goya, Premios de la Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas de España.
El jurado, que por unanimidad decidió seleccionar a  Lo que lleva el río para representar a Venezuela en el Premio Mejor Película Iberoamericana de la Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas de España, en su entrega número 30, estuvo integrado por Román Chalbaud, Luis y Andrés Rodríguez, Gustavo Michelena, Miguel Ferrari (Ganador del primer Goya para Venezuela) y Marilda Vera.
 Lo que lleva el río es una película universal que nos habla de la utilidad del conocimiento cultural heredado y la necesidad de evolucionar, al hacerla crecer al ritmo de los tiempos, sin olvidar, ni despreciar, aquello que los hizo como son y que los une, en su diferencia, con el resto del mundo. Tomando lo mejor de una cultura para enriquecer la propia.
 Dauna (interpretada por Yordana Medrano) es una mujer warao transgresora, que rompe con las tradiciones del pueblo, enfrentando un dilema vigente entre el amor y la vocación, para explorar el mundo de conocimientos fuera de la comunidad. Poniendo en relieve la necesidad del diálogo intercultural, en un mundo que sigue siendo violentado por la intolerancia y el desconocimiento del otro, situación que la involucra en una amenaza a parte de su familia.
Venezuela obtuvo su primer Goya a la Mejor película iberoamericana en 2014 con  Azul y no tan rosa , ópera prima de Miguel Ferrari, aquella noche de febrero del 2014, donde se impuso ante  Wakolda , de Lucía Puenzo (Argentina); la chilena  Gloria, de Sebastián Leilo; y  La jaula de oro , de Diego Díaz-Quemada (México), marcando un importante hito en el cine venezolano.
 Lo que lleva el río tuvo su estreno mundial en la Berlinale 2015 y ha sido admitida en la 39° edición del Festival des Films du Monde de Montreal, en Canadá; en la sección Focus on World Cinema; en el 1º Festival Internacional de Cine de Fusagasugá, Colombia, en la Competencia Oficial de Largometrajes Hechos de Mujeres; y en el 9° Trinidad y Tobago Film Festival.


Aprobaron 33 proyectos cinematográficos

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 César Rengifo está en el imaginario de las nuevas generaciones de creadores
El arte y la cultura criolla se desarrollan a través del programa Fondos Concursables del Ministerio del Poder Popular para la Cultura (MPPC), que en el área audiovisual, a través del Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC), impulsará un total de 33 proyectos ganadores de 142 recibidos, provenientes de 17 estados del país.
 La amplia diversidad de disciplinas artísticas que arropa el fondo incluye a agrupaciones emergentes y de trayectoria, organizaciones y fundaciones legalmente constituidas, artistas, creadores y cultores que recibirán un financiamiento para realizar sus obras en aras de innovar y fortalecer la identidad de nuestro pueblo.
De la Región Estratégica de Desarrollo Integral (Redi) de Los Andes, conformada por Táchira, Mérida y Trujillo, fueron seleccionados en la modalidad 'Desarrollo de guión' los proyectos  Manos a la tierra de Alejandra Acuña; Stercus demonis (El estiércol del diablo) de John Toro Caballero;  Los pastores del niño de San Miguel de Boconó  de Patricia Villegas;  Amalivaka la creación  de Manuel González,  La isla de nácar de Gerardo Camacho y  De la tradición oral al audiovisual de José Ángel Mora, mientras que  Cine en las aldeas. Creación de modelos para la formación de públicos audiovisuales en las comunidades rurales del estado Mérida, de Víctor Alfonzo, participará en la modalidad Investigación audiovisual.
Adicionalmente, en 'Desarrollo de guión', por Redi Oriental (Nueva Esparta, Sucre, Bolívar) triunfaron en la convocatoria  ¡Abre cancha, jevito! de Pedro Salima;La política del artista revolucionario vol. II  de Gabriel Serrano;  Caminos de arcilla de Patrik Leal;  Piar, mil rostros... un pueblo de Alejandra Laprea y  Crónicas del subdesarrollo de Juan Salazar.
 Mientras llega el comunismo de Arminta Beleño Gómez;  En la cola  de Rodolfo Márquez;  Dimensiones del pensamiento de Simón Rodríguez  (mediometraje) realizado por Christian Barrios;  Los rumbos del olvido, homenaje a César Rengifo , desarrollo de guión para animación, de Raúl Peña;  Objetos perdidos de Arnoldo Rangel y  Fotografía itinerante de Cruz de Mayo a San Juan  de José Colls, en el renglón Museo y diseño serán realizados por la Redi Central, que incluye a los estados Carabobo, Aragua, Distrito Capital y Miranda.
 También Jarmil Romero con Una mirada desde la comunidad Leoncio Martínez a nuestra Venezuela -en artes visuales-;  Una piscina en mi cuadra de Elio Palencia;  Mi arte, mi cultura voy sembrando, por la Productora Cultural Universitaria de las Artes y Yulika Hernández; Cubagua, quinientos años de olvido de Rolando Chávez y  Difusión de la cultura a partir de tecnologías accesibles, investigación de la Fundación Proyecto Sentido Común.
La convocatoria nacional estuvo abierta desde el 16 hasta el 30 de agosto, obteniendo la participación de 1.648 postulaciones a nivel nacional. Los proyectos fueron evaluados por 54 jurados, distribuidos por Redi y disciplinas. Se seleccionaron 389 proyectos, con el fin de ampliar e impulsar el desarrollo de las artes audiovisuales del país, apoyando obras de impacto comunitario que refuerzan nuestra identidad a través de la diversidad artística del talento criollo.
Desde Redi Llanos fueron aprobados  Motoristas, el arte de la navegación fluvial  de Miguelangel Díaz;  El Mawari y otros encantos  de Francisco Sanquinetti;  Apure en un viaje de María Alejandra Marchena (mediometraje);  Una parte de mí de Marelis Rodríguez (cortometraje) y  La batalla de Guasdual de Alex Yépez, todos en 'Desarrollo de guión'
Coro-nial (Coro Colonial) de Ulises León Lotero;  Repensando los sones negros y/o el tamunangue  de Lourdes Morales (investigación); Heroínas falconianas de Cynthia Urbina; Nigale' de Patricia Ortega y El pájaro serrano de Alberto Jiménez son los seleccionados por la Redi Occidental, en 'Desarrollo de guión'.
El jurado que deliberó en la selección de los proyectos audiovisuales estuvo conformado por Manuel Delgado (Trujillo), José Dávila (Mérida), Tibisay Maldonado (Distrito Capital), Vidal Zabala (Falcón), Régulo Rincón (Zulia), Elías González (Lara), Ynmaria Castro (Nueva Esparta), José Barceló (Bolívar), Edson Acero (Delta Amacuro), Orlando Zarramera (Guárico), Yazael Bastidas (Barinas), Carlos Gómez de la Espriella (Guárico), Rafael Angulo (Vargas), Laura Antillano (Carabobo) y Luis Cerasa (Distrito Capital).
COSTOS PROMEDIOS

En reunión de Comité Ejecutivo N° 35-15 del Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC), celebrada el 30 de septiembre del presente año, se aprobaron los Costos Promedios de Producción de Obras Cinematográficas Nacionales de 2015 en virtud de los diferentes parámetros establecidos en el artículo 49 y de los criterios señalados en el artículo 51 del Reglamento Interno de Estímulo y Fomento a la Creación y la Producción Cinematográfica (RIEFCPC).
 Para Largometraje de ficción se estableció un costo promedio de producción de Bs. 28.674.502,08; Cortometraje de ficción Bs. 1.771.845,00; Largometraje documental Bs. 10.139.250,00; Mediometraje documental Bs. 5.576.587,50 y Cortometraje documental Bs. 1.295.570,83.
 Los resultados toman en consideración un conjunto de variables, tales como la duración de los proyectos, la cantidad de semanas de preproducción y cierre, el número de semanas de rodaje locales y no locales, el tiempo de postproducción y la posible combinación de secuencias de ficción, documental o animación en una misma propuesta.
De este modo, el CNAC inició la aplicación de las disposiciones contenidas en el citado reglamento, publicado en la Gaceta Oficial número 39.882, de fecha 13 de marzo de 2012, que regula todo lo concerniente a los procesos de entrega, recepción, evaluación, aprobación y ejecución de los proyectos cinematográficos nacionales.
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